El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) dio entrada y resolverá el juicio promovido por Dunia Ludlow contra el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), por el que se realizó la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional y se declaró la validez de los pasados procesos electorales en la Ciudad de México.
“El IEDF hizo una incorrecta interpretación y aplicación de la ley en 4 temas fundamentales, al elaborar la Lista B del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”, acusó Dunia Ludlow.
Añadió que además el Consejo General violó sus derechos humanos en el distrito XII, al distorsionar el sentido de las reglas de paridad de género en los procesos electorales que establecieron tanto la ALDF como el Congreso de la Unión e hizo caso omiso del concepto de “los más altos porcentajes de votación distrital, comparados con otras fórmulas de su propio partido para esa misma elección”.
Lejos de garantizar la paridad de género en la asignación de diputaciones, el IEDF actuó en contra del mismo, al colocar en segundo lugar de la lista B a una fórmula que obtuvo un porcentaje inferior de votación, desplazando indebidamente a Dunia Ludlow, por un candidato del sexo masculino que obtuvo menos votos.
Mientras que Dunia Ludlow consiguió el 16.32 por ciento de los votos en el Distrito XII, la fórmula que el Consejo General del IEDF situó en el segundo lugar de la lista B, obtuvo el 13.18 por ciento en su distrito.
Otra incongruencia del dictamen elaborado por el IEDF, fue que únicamente se respetó al porcentaje más alto de todos los candidatos perdedores para encabezar la lista y, a partir del segundo lugar en adelante, se asignaron las posiciones en función de género. Este acuerdo es contrario a la voluntad de los electores y al derecho de los candidatos a ser votados.
Del mismo modo, se violentó el principio de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Por la manera de integrar las listas, necesariamente se sobre representa a un género por encima de otro.
Por ello, la también Secretaria General del Instituto de Capacitación y Desarrollo Político (ICADEP), Dunia Ludlow, presentó ante el TEDF una inconformidad para proteger sus derechos político-electorales, contra el acuerdo del Consejo General del IEDF, por el que se realizó la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional y que declara la validez de la elección.
Dunia Ludlow mencionó que el IEDF se limitó a aplicar en forma mecánica lo dispuesto por el artículo 292 fracción II del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, para la asignación de Diputados electos por el principio de representación proporcional.
Aseguró que el órgano electoral actuó contra la paridad y la igualdad de género en la integración de la VII ALDF, pues con su fallo en sentido contrario, serán legisladores locales 28 mujeres (42.42%) y 38 hombres (57.58%).