La senadora Angélica de la Peña señaló, en un punto de acuerdo presentado ante la Comisión Permanente, que más de 60 por ciento de los homicidios dolosos de mujeres que reportó la Fiscalía Central de Investigaciones para la Atención del Delito de Homicidio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal entre 2012 y 2013, tienen las características de un feminicidio, pero lamentablemente al llegar a la jurisdicción penal son reclasificados y por tanto no se sentencia como tal.
Abundó que esta tal situación ocurre pese a que en el Distrito Federal desde el año 2011 se encuentra tipificado como delito el feminicidio, resultado de un esfuerzo importante de mujeres y organizaciones de la sociedad civil que persistentemente demandaban su creación, sin embargo su aplicación por parte de las autoridades ha sido un proceso difícil.
La senadora por el PRD expresó que a pesar del esfuerzo realizado por el Gobierno del Distrito Federal, por contar con un marco jurídico que garantice los derechos humanos de las mujeres que prevenga, atienda y sancione la violencia contra la mujer, aún se requieren mayores esfuerzos, específicamente para atender los feminicidios por ser la manifestación más cruel de la violencia extrema contra las mujeres y por su profundo impacto social.
Según datos del INEGI, en 2012 se registraron 122 defunciones femeninas por homicidio doloso y culposo, mientras que la PGJDF registró un total de 104 asesinatos de mujeres en el mismo año. De acuerdo con el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, “más de 80 por ciento de las mujeres asesinadas” en la capital del país fueron ultimadas de manera intencional.
La PGJDF, a través del Centro de Atención a Víctimas de Violencia Intrafamiliar, informó que de enero de 2012 a diciembre de 2013 se cometieron 19 mil 745 hechos de violencia contra las capitalinas, la mayoría tenía entre 24 y 47 años de edad.
La legisladora perredista resaltó que uno de estos aspectos tiene que ver con la distinción fundamental de los operadores del sistema de procuración y administración de justicia entre el tipo penal de homicidio y del feminicidio, “tanto el concepto de violencia feminicida y el feminicidio son clave para entender las altas tasas de homicidios contra mujeres y las cifras de violencia, ya que estos conceptos indican las condiciones de vida de las mujeres, de exclusión, desigualdad y marginalidad que vivieron, muchas veces desatendidas por el Estado”, agregó.
Dijo que uno de los principales problemas es que generalmente los feminicidios se reclasifican en homicidio, pero en el peor de los casos se reclasifica como violencia familiar con lo cual queda el delito queda impune, revirtiendo la carga de la prueba a la víctima la cual en mucho de los casos estuvo internada a causa de las lesiones sufridas y en mucho de los casos solo rindió una breve declaración antes de ser atendida; adicionalmente los hospitales no aplican la Norma Oficial Mexicana 046 relativa a “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres”; pero tampoco se preserva la cadena de custodia en las ropas, huellas, sangre ni algún otro elemento.
De la Peña resaltó que la función jurisdiccional es primordial en el caso de violencia en contra de las mujeres, pues las y los jueces deben hacer valer el derecho a la igualdad y evitar en el proceso de interpretación y aplicación del derecho intervengan prejuicios de cómo son y cómo deben comportarse las personas por pertenecer a un sexo o género determinado
Por lo anterior, la propuesta que presentó la senadora ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal un informe sobre los mecanismos de capacitación y formación profesional para las y los jueces del Distrito Federal para juzgar con perspectiva de género.
La propuesta fue turnada para su análisis y dictamen a la Comisión para la Igualdad de Género de la Cámara de Senadores.