Por Arturo Estrada Rosales

 Los jueces y operadores jurídicos son la esperanza democrática, quienes en última instancia pueden llevar a buen término la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos, dijo el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), Luis González Plascencia.

En el marco del segundo aniversario de la publicación de la Reforma Constitucional, advirtió sobre intentos de contrarreforma al señalar que hay “preocupantes visiones que hacen peligrar la Reforma y lo que hemos conseguido a partir del Artículo 1º”.

Con base en lo anterior, celebró la presentación de la plataforma informática reformadh, cuya propuesta de formación virtual, dijo, servirá de manera preponderante a juezas, jueces y operadores jurídicos, pero que está dirigida a defensores de derechos humanos y a la enseñanza general del Derecho, toda vez que está elaborada como una estrategia de Estado.

Desde su entrada en vigor, la Reforma Constitucional significó una preocupación para la CDHDF y sobre cómo habría de instrumentarse, recordó el Ombudsman capitalino, en virtud de lograr  que no terminara como otras de gran calado, básicamente por falta de capacitación.

“Era necesario pensar en una estrategia de Estado, es decir, una Reforma que no quedara en manos de los actores que, algunos de buena fe, con sus interpretaciones y posiciones lo único que logran es dispersar y confundir”, insistió.

En razón de ello, dijo, la Metodología para la enseñanza de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, la plataforma www.reformadh.org.mx articula una estrategia múltiple e integral, por parte de la CDHDF, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH).

Esta Metodología fue desarrollada con lineamientos y criterios que orientan sobre el significado del Artículo 1º Constitucional, a partir de la Reforma de Derechos Humanos, que es además, dijo González Placencia: “La más importante desde 1917, como lo muestra el fallo de la SCJN en el Caso Rosendo Radilla, y otros más, a lo largo de estos dos años”.

En tanto, el Presidente de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal, Ministro Juan Silva Meza, dijo que la Reforma Constitucional de 2011 sostiene al nuevo sistema constitucional mexicano, poniendo en el centro de la actividad del Estado la protección y defensa de los derechos humanos de las personas, cuya misión ordena a todas las autoridades del país.

Asimismo, señaló: “Queremos que todas las personas se reconozcan y sientan titulares de derechos y hagan valer esa actitud en su vida cotidiana, de cara a los otros, de cara a las autoridades, de cara a sí mismos. Sólo quien se entiende a sí mismo como  titular de derechos humanos será capaz de oponerse a su violación, en perjuicio de cualquier persona. Así, el que cada uno se sienta titular de derechos humanos, nos protege a todos”.

Por su parte, el representante de la Oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), Javier Hernández Valencia, celebró la calidad de la Metodología de la enseñanza…, que hace de la Reforma una gran Reforma, por el diálogo que México en el concierto de las Naciones continúa sosteniendo en materia de derechos humanos, a través de los contenidos interpretativos de las y los Jueces.

El Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (COIDH) e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Eduardo Ferrer Mac-Gregor, llamó a la reflexión sobre a dónde conduce la Reforma, que no es una más de las 556 de que ha sido objeto la Constitución, desde 1917.

El material contenido en reformadh, detalló Ferrer Mac-Gregor, consta de los temas: Fuentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos; Principio pro persona; Cláusulas constitucionales de apertura e integración normativa; el Bloque constitucional en México; Interpretación conforme; Control difuso de constitucionalidad y de convencionalidad; Los deberes específicos de prevención, investigación y sanción; Teoría de las reparaciones; y Organismos de Protección de Derechos Humanos.