Valentín Maldonado Salgado, presidente de la Comisión de Asuntos Político-Electorales de la ALDF, informó que los diputados locales perredistas van contra la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Aquí sus palabras textuales: “Los días 6 y 7 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 2/2011 promovida en contra del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, determinando la invalidez de 3 de 14 artículos reclamados como inconstitucionales.  

“Estos 3 artículos se refieren a la constitución de partidos políticos; la duración de precampañas para Jefe de Gobierno; y la restricción en la contratación de publicidad en prensa, teléfono e Internet.

“Sobre el particular, los diputados del PRD integrantes de la Comisión de Asuntos Político-Electorales de esta Asamblea Legislativa presentaremos en los próximos días una iniciativa que tiene como fin solventar los diversos aspectos señalados por la Corte.

“Sin duda, uno de los temas más relevantes es el relativo a los requisitos para constituir un partido político local. Al respecto es preciso señalar lo siguiente:

“Si bien es cierto que la Corte determinó que era desproporcional el exigir el 2 por ciento en las16 delegaciones del Distrito Federal, no menos cierto es que se reconoció la libertad que tiene la Asamblea Legislativa de libre configuración, razón por la cual en los próximos días habremos de presentar la iniciativa que precise las reglas para constituir un partido político local.

“Es decir: porcentaje mínimo de afiliados, la representación mínima en demarcaciones y el número de asambleas delegacionales, así como constitutiva que deba realizar cada agrupación política interesada en constituirse como partido.

“Es importante mencionar que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal ha velado, y velará en todo momento, por el respeto a los principios democráticos y el sentir ciudadano.

“Se buscará consolidar un régimen para que las asociaciones políticas locales que pretendan constituirse como partido político cuenten con una real representatividad en el territorio del Distrito Federal, a fin de que, por un lado, se permita una mayor participación ciudadana en beneficio de la vida democrática de la Ciudad de México, y, por el otro, se evite la polución de partidos políticos efímeros en perjuicio de la ciudadanía, dado el alto costo que representan.

“Hay que recordar que, por así disponerlo el artículo 105 Constitucional, las leyes electorales locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan aplicarse, esto es, antes del 2 de julio.

“En consecuencia, la iniciativa se presentará retomando los cuatro aspectos sobre los que se pronunció la Suprema Corte y se buscará su dictaminación a la brevedad, a efecto de que sea considerada en el periodo extraordinario a realizarse en los próximos días”.