La Cámara de Diputados recibió de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) un documento en el que argumentó que formar redes de cajeros automáticos para evitar el cobro de comisiones, podría considerarse una acción discriminatoria.
Indicó que si se constituyeran redes, los clientes del resto de las instituciones se podrían ver desfavorecidos, ya que habría cobro de comisiones diferentes, ello conforme el artículo 17, fracción II, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
Por ello, la Condusef indica que “hará su esfuerzo para que la Asociación de Bancos de México analice con sus agremiados la posibilidad de reducir las comisiones por estos conceptos a no cuentahabientes”.
Lo anterior, en respuesta a un punto de acuerdo aprobado por el Pleno Camaral el 13 de marzo, en donde se exhortó a la Condusef y a la Asociación de Bancos de México a que promuevan la formación de redes de cajeros automáticos entre instituciones bancarias.
Se argumenta en el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) que dicha medida permitiría que los clientes de las instituciones involucradas puedan acceder a los cajeros sin tener que pagar comisiones por retiro en efectivo y consulta de saldo.
En el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, la Condusef menciona que no todos los bancos tienen infraestructura de cajeros automáticos, así como tampoco piensan en invertir en ello, “por lo que no sería equitativo frente a otros bancos que han invertido en grandes plataformas electrónicas”.
Además, la Condusef está apostando a la libre competencia y a la transparencia de la información, es decir, “que sea el propio usuario el que discrimine una institución por otra y un producto por otro, dependiendo el servicio y el costo del producto contratado”, añade.
Precisa que la Condusef ha venido realizando la publicación y actualización periódica en la página web de la información de comisiones en cajeros automáticos, a fin de que los usuarios estén mejor informados.
En 2010, refiere, se realizó una Recomendación dirigida al Banco de México en relación al cobro de comisiones en cajeros automáticos en operaciones interbancarias, a fin de que las instituciones homologaran los montos de acuerdo con los criterios sobre la ubicación de los cajeros y evitar que cada institución proporcionara información diversa y poco transparente al usuario.
De igual modo, argumenta, la Condusef verifica que la información de comisiones que llega al público, a través de listas, folletos o carteles, esté vigente en las sucursales, así como la información contenida en los contratos de adhesión, sea clara y transparente y expresada en un lenguaje sencillo y comprensible.
En el documento se resalta que el Banco de México también ha realizado acciones como el registro de comisiones que opera el Banco Central, en el cual se obliga a las entidades a incorporar todas aquellas comisiones que cobran, así como los incrementos, disminuciones o nuevos conceptos.
Asimismo, publicó la circular 22/2010, que establece prohibiciones y límites al cobro de comisiones y en lo que corresponde a cajeros automáticos prohíbe el cobro por retiros de efectivo, consultas de saldo, depósitos en cuenta y pago de créditos, tanto en las ventanillas de sus sucursales como en los cajeros automáticos operados por la institución que lleva la cuenta.
De igual modo, con el objeto de que los clientes conozcan las comisiones que tendrán que pagar por el uso de cajeros automáticos, la misma circular establece que las instituciones financieras que tengan cajeros, deberán mostrar en las pantallas una leyenda clara sobre el costo total de la operación y la oportunidad de que el cliente pueda cancelar la operación antes de realizarla y sin costo alguno.
Se argumenta que en septiembre de 2011, el Banco Central elaboró un estudio en relación a la “regulación de comisiones en cajero en un modelo de competencia especial”, en donde a través de dos escenarios de equilibrio (sin prohibición y con prohibición de comisiones), concluye que en el primer escenario no es posible generar un equilibrio eficiente ya que se desconoce el costo marginal de los bancos.
Sin embargo, para el segundo escenario, se plantea la prohibición de la comisión por uso de cajeros a cuentahabientes, en donde una de las principales conclusiones es el aumento en los cobros fijos para el cuentahabiente y una disminución en las comisiones por uso de cajeros a no cuentahabientes.