La responsabilidad del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el caso del nombramiento del consejero faltante en el Instituto Federal Electoral (IFE), es velar por el cumplimiento de su sentencia en función de tres principios fundamentales: salvaguardar el Estado de derecho, garantizar la tutela judicial efectiva y brindar seguridad jurídica a todos los ciudadanos, afirmó el magistrado Constancio Carrasco Daza.

En entrevista en el programa de radio En Consecuencia, que se transmite a través del portal en Internet www.te.gob.mx, el Magistrado ponente en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 896/2013, promovido por diputados federales contra la omisión de la Cámara de Diputados para designar al sustituto de Sergio García Ramírez, precisó que el órgano jurisdiccional no tiene la intención de elegir a dicho funcionario, ni sugerir a la persona que deba ocupar el mencionado cargo.

“Lo que la Sala Superior está haciendo no es sugerir a quién o cómo se debe nombrar al consejero, o quién de entre los que la propia Cámara entrevistó, como parte del proceso, debe ser o no elegido. No pretendemos dictar a los legisladores el sentido de su voto”, aseguró Carrasco Daza.

Explicó que de la revisión de la sentencia emitida el 29 de mayo del año en curso, así como de la resolución incidental dictada este lunes, se desprende que la Sala Superior requiere a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para que convoque a un periodo extraordinario de sesiones en la Cámara de Diputados, con el fin de que ésta, en uso de las facultades que le otorga el artículo 41 de la Constitución Federal, en plena libertad deliberativa, culmine el proceso de designación del consejero del IFE.    

El magistrado Carrasco Daza atajó aquellas voces que advierten sobre la supuesta pretensión del Tribunal Electoral para designar al citado funcionario.

“El tema atinente a que la Sala Superior designará al consejero faltante del Instituto Federal Electoral no fue objeto ni de la sentencia, ni de los agravios formulados por el incidentista en la resolución que ayer dictamos, ni del incidente de inejecución que nosotros hemos decidido”, enfatizó.

El magistrado Constancio Carrasco dijo que la sentencia emitida por el TEPJF y su cumplimiento tiene lugar en el marco de la nueva normalidad democrática de frente a una división auténtica y real de los Poderes de la Unión.

“La Sala Superior espera que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión determine, a partir de las motivaciones y fundamentos de la sentencia, la convocatoria a la sesión extraordinaria”, señaló.

Este caso, agregó, tiene que ver con el Estado de derecho y la integración óptima del Consejo General del IFE, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Federal, que prevé que debe estar conformado por nueve consejeros electorales ciudadanos para su correcto funcionamiento.