La ley de consulta popular es inviable, advirtió el senador Manuel Bartlett Díaz, al enfatizar que el único objetivo de dicha legislación es buscar “publicidad para el Congreso de la Unión”.
Durante su participación en el foro “¿Amplía la ley de consulta popular los derechos de participación política de los mexicanos?”, organizado por Casa Lamm, el legislador poblano fue contundente al señalar que se trata de una ley producto de un pacto entre el PRI y el PRD, cuyo alcance es limitado y no funcionará para revertir la reforma energética.
El Coordinador petista se pronunció sobre la importancia de identificar las posturas de las diferentes corrientes políticas y señaló “El PRD firmó el pacto donde estaba implícita la reforma energética a los artículos 25, 27 y 28 que establecían la exclusividad del Estado en los hidrocarburos y la electricidad”.
Bartlett Díaz recordó que previo a las modificaciones constitucionales,durante las manifestaciones encabezadas por Andrés Manuel López Obrador, el tabasqueño le planteó a Enrique Peña Nieto que no hiciera la reforma, porque antes de hacerlas se debía consultar a los mexicanos.
“El PRD comenzó a manejar que pedirían una consulta popular después de la reforma, es decir, a palo dado”, señaló el ex Gobernador poblano.
Por su parte, el doctor Jaime Cárdenas Gracia, aseguró que nuestro país se encuentra rezagado frente al resto de América Latina en cuanto a instrumentos de participación ciudadana se refiere, y señaló que la legislación en esta materia está plagada de irregularidades.
El académico de la UNAM plateó que: “la ley secundaria –de consulta popular- es inconstitucional porque establece requisitos que no están en la Constitución” y puso como ejemplo los artículos 12, 15, y 28 que plantean requisitos no previstos en la Carta Magna.
Añadió que el artículo 35 fracción octava de la Constitución, no prohíbe de forma explícita la consulta sobre ordenamientos constitucionales, dejando abierta la posibilidad de que los mexicanos se expresen sobre estas modificaciones, sin embargo señaló que para ello la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendría que pronunciarse al respecto.
“Si a pesar de cumplir todos los requisitos, la Suprema Corte dice que la consulta no procede contra reformas constitucionales, la Corte se desprestigiaría” sentenció Cárdenas Gracia.
Al concluir su participación, el catedrático señaló que hay otro tipo de consulta que el gobierno está obligado a realizar,ésta en materia indígena, establecida en el convenio 169 de la OIT, y agregó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya se ha pronunciado en ocasiones anteriores porque cuando se trate de reformas que perjudican los derechos de los pueblos originarios, esta consulta debe ser obligatoria.