“El Banco de México tiene razón en mantener como reservas del acceso a la información el tema de la estabilidad monetaria, financiera y económica del país, a lo que no tiene derecho ni razón es a tratar de arrogarse un recurso extraordinario de impugnación a las resoluciones del IFAI”, señaló el senador Javier Corral Jurado.
Añadió, que el grupo parlamentario del PAN en el Senado propuso que quede plasmado en la Constitución que la Ley del IFAI determine las reservas de acceso a la información que permitan al Banco de México cumplir el mandato contenido en el artículo 28 constitucional.
Dijo que la Constitución señala que la ley determinará las reservas que en materia de acceso a la información tendrá el Banco de México, para cumplir el mandato contenido en el 28 constitucional, “con eso salvamos algunas de las preocupaciones que se tienen y yo creo que eso es bueno. Lo va a analizar el Grupo Parlamentario del PRI, nos parece que eso salva de alguna manera las inquietudes que se han tenido”.
Recordó que originalmente el PAN no estaba de acuerdo en ninguno de los recursos extraordinarios, mucho menos el que de manera amplia se le abrió al Presidente de la Republica, “pero lo fundamental ya está ganado, queremos que el dictamen sea aprobado, que la reforma vea la luz y nos hemos allanado en el recurso extraordinario que se le dio al Presidente de la República que es, por cierto, la mayor aberración que vemos a la acción de la colegisladora”.
“Lo que ya es demasiado es que el Banco de México pida para sí un privilegio, una medida excepcional para también hacer uso de este recurso. No tendría ningún derecho el Banco de México por encima de los otros órganos constitucionales autónomos a tener un privilegio de este tamaño en la Constitución, pero escuchamos algunos de los argumentos y preocupaciones que tienen, por eso creemos que salva con la redacción que les hemos propuesto”.
Corral insistió en que la propuesta del PAN establece que las reservas “tengan un asidero constitucional, que la Constitución diga en el artículo 6º, que la ley determinará las reservas en materia de acceso a la información que permitan cumplir al Banco de México con el mandato establecido en el artículo 28 constitucional”.