La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la transmisión del promocional televisivo “Queremos ser tu voz”, realizada por el Partido de la Revolución Democrática, que contiene la imagen del periodista Joaquín López Dóriga Velandia rebasa el límite de la libertad de expresión y está fuera de los parámetros legales permitidos en materia de propaganda electoral.
En estos términos, se actualiza una infracción a lo dispuesto en el artículo 247, párrafo 1 de la Ley Electoral, al difundir el partido político señalado, propaganda electoral, sin ajustarse a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo sexto de la Constitución Federal al afectar los derechos de un tercero como es el caso del promovente.
El proyecto de sentencia establece que no se justifica la aparición de la imagen del periodista, toda vez que no se observa una crítica relacionada directamente con su actividad profesional, sino que se le involucra visualmente sin razón con imágenes en contexto a una crítica política de la cual él no es partícipe pues no toma decisiones gubernamentales.
Pues si bien las libertades de expresión y de difusión son ejes de un debate democrático, lo cierto es que en el caso particular se empleó la imagen de un periodista, que además no es participante en la contienda, y por ende no se encuentra bajo este escrutinio electoral.
No obstante lo anterior, no se actualiza la calumnia denunciada por el periodista, ya que no se advierte del contenido del promocional la imputación directa a su persona de un hecho o delito falso con impacto en la materia electoral.
Finalmente, al acreditarse la conducta indebida del Partido de la Revolución Democrática se le impone una amonestación pública.