El Senado de la República reformó la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de castigar con dos a seis años de prisión y de veinticinco a cien días de multa, a quienes posean cargadores de cartuchos para armamento de uso exclusivo del Ejército. En el dictamen se subraya que en los últimos años la capacidad de fuego de la delincuencia organizada se ha incrementado de “manera considerable, con lo que se desafía el monopolio del Estado en el uso de la fuerza pública”.
Asimismo, se expone que la delincuencia organizada ha hecho acopio de importantes cantidades de armas de fuego exclusivas del Ejército, así como de cartuchos y cargadores que son dispositivos impulsores y de almacenamiento de municiones para armas cortas o largas indispensables y estratégicos al momento de un enfrentamiento.
Refiere que la Defensa Nacional aseguró este año 12 millones 100 mil cartuchos de diferentes calibres, mientras que la Secretaría de Seguridad Pública incautó 33 mil 374 cargadores y 1 millón 642 mil 158 cartuchos.
Ante este panorama, los senadores estimaron que se debe castigar “no sólo a quien porte sin permiso armas y cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, sino también a quien posea cargadores de cartuchos”.
El documento se envió a la Cámara de Diputados para que se analice y apruebe y luego enviarlo al presidente Enrique Peña Nieto para que promulgue la reforma a la ley.