El Pleno Camaral acordó establecer como regla general el que los reos sentenciados por delitos del orden federal, cumplan su condena en centros penitenciarios a cargo del Gobierno federal, mientras que los del fuero común no puedan cumplir su encarcelamiento en centros penitenciarios del orden federal.
En la reforma al artículo 3 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y aprobado con 362 votos en pro, 7 en contra y 1 abstención, se señala que existe sobrepoblación en los centros de reclusión, situación que obstaculiza el cumplimiento del principio de reinserción.
Se añade que el gobierno federal cuenta con 6 centros federales de readaptación en los que alberga a 1.9 por ciento de la población penitenciaria total (4 mil 205 individuos); 79.2 por ciento de los internos se encuentran recluidos en 330 centros que administran los gobiernos estatales (175 mil 876 individuos).
Los municipios son responsables de 1.8 por ciento de la población recluida en 94 centros (3 mil 924 individuos); el restante 17.1 por ciento de la población se encuentra bajo custodia del gobierno del Distrito Federal, distribuida en 10 centros (38 mil 068 individuos).
Desde otra perspectiva, se precisa, 9 estados concentran 53 por ciento de la capacidad instalada: Distrito Federal, Baja California, Veracruz, Estado de México, Jalisco, Tamaulipas, Michoacán, Sonora y Nuevo León.
En el documento se reconoce que el sistema penitenciario mexicano actualmente presenta un déficit de 49 mil 922 lugares y una población de internos sujetos a proceso de 90 mil 167. Además, existe una sobrepoblación de 28.99 por ciento de manera global en el sistema penitenciario mexicano.
Los estados que concentran 50 por ciento de la población penitenciaria son el Distrito Federal, Estado de México, Baja California, Jalisco, Sonora y Veracruz. Al mismo tiempo, 51 por ciento de la población se concentra en 29 centros de reclusión, que representan 6 por ciento de las instalaciones en el país.
Se indica que la eficiencia en el manejo del sistema penitenciario es un eje fundamental por medio del cual debe regirse la actuación de la administración pública, ya que de lo contrario se contribuiría a la inseguridad interna, al deficiente manejo estructural, técnico y operativo que fomenta la corrupción e incidentes penitenciarios.
En el documento se reconoce que si bien es viable la propuesta, no soluciona en su totalidad el problema de sobrepoblación ya que su origen radica en el uso excesivo de la prisión preventiva.
El diputado Arturo Santana Alfaro indicó que la reforma es de fundamental trascendencia para la regulación de la distribución de los reos del orden federal en los centros penitenciarios del orden común y viceversa.
Puntualizó que todo esfuerzo que se haga para efectos de lograr un mejor sistema penitenciario contribuirá a resolver vicios, toda vez que “sabemos que en el sistema se encuentran una serie de vicios que no han podido ser solucionados”.
Ediputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia manifestó su voto en contra, toda vez que la reforma puede generar un problema presupuestal, ya que en los centros penitenciarios del Distrito Federal compurgan sanciones del carácter federal más de cuatro mil reos, lo que implica una presión presupuestal para las finanzas de la Ciudad de México.
“Los centros penitenciaros del D.F no tienen por qué estar cubriendo a la federación con este gasto, por lo que es conveniente que sus finanzas se liberen de eta presión de carácter presupuestal”, puntualizó.