La Cámara de Diputados aprobó tres dictámenes que reforman la Ley General de Salud para sancionar de uno a 9 años de prisión y una multa de 20 mil a 50 mil días de salario mínimo, a quien venda, comercie, distribuya o transporte medicamentos caducos; establecer la obligatoriedad de que los productos incluyan en su etiquetado su declaración nutrimental, así como definir el concepto de salud.
La reforma a la fracción III del artículo 464 Ter, aprobada con 408 votos a favor, tiene como objetivo proteger a la población de los riesgos a la salud que representa la exposición y uso inadecuado de fármacos caducos, además de proveer a la autoridad de más herramientas para atacar el mercado negro de medicamentos.
Señala que una vez pasada la fecha de vencimiento de la caducidad, la mayoría de las preparaciones farmacéuticas pierden eficacia y algunas pueden desarrollar un perfil de reacción diferente y adversa para el organismo.
En el mejor de los casos, añade, un producto terapéutico ya caduco no tendrá efecto alguno para restablecer la salud. También se corre el riesgo de que la sustancia activa haya modificado su composición y entonces hay el peligro latente de que provoque daños colaterales.
La modificación al artículo 210, avalada con 401 votos a favor, adiciona un segundo párrafo para establecer con carácter de obligatoriedad incluir la declaración nutrimental del etiquetado y cuando el producto reclame poseer propiedades agregadas, deberá también acatarse al etiquetado complementario.
El dictamen precisa que debido a la magnitud del problema de sobrepeso y obesidad en México y a la necesidad de colocar términos nuevos, innovadores, prácticos y útiles, es necesario conocer los componentes de los productos.
Con 422 votos a favor, se aprobó la adición del artículo 1 Bis, a fin de definir el concepto de salud, la cual se entenderá como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
El documento refiere que es importante colocar un concepto que sea homogéneo y acorde a la Organización Mundial de la Salud (OMS), toda vez que de éste se deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que regulan los mecanismos y acciones para lograr su protección.