El Pleno de la Cámara de Diputados avaló reformar el artículo 1411 del Código de Comercio, para que el anuncio de bienes en remate en un juicio mercantil se notifique en un periódico de amplia circulación en la entidad federativa donde sea el juicio, toda vez que la publicación en el Diario Oficial de la Federación conlleva altos costos.
En el documento, aprobado con 370 votos favor, cero en contra y dos abstenciones, se establece que presentado el avalúo y notificadas las partes para que ocurran al juzgado, se anunciará en la forma legal la venta de los bienes, por tres veces, dentro de tres días, si fuesen muebles, y dentro de nueve si fuesen raíces.
Dichas modificaciones, se señala, son de gran importancia para propiciar una mejor instrumentación, aplicación, claridad y efectividad en la interpretación de la Ley Mercantil, lo que otorgará certeza jurídica, agilidad y eficiencia a los procesos mercantiles.
Al hablar en pro de este dictamen de la Comisión de Economía, la diputada Norma Sánchez Romero dijo que con lo anterior se clarifica el procedimiento de remates judiciales en torno a un juicio mercantil.
Añadió que con los cambios se hace más claro el procedimiento de remates, tanto por los jueces como para los ciudadanos que se encuentren dentro de un juicio ejecutivo.
La diputada Rosaura Ochoa Mejía subrayó que la reforma constituye un adelanto para propiciar una mejor instrumentación de la Ley Mercantil y en consecuencia otorgar certeza jurídica, agilidad y eficiencia en los procedimientos que bajo su arbitraje se realizan.
Esta reforma legal entrará en vigor un día después de que el presidente Flipe Calderón la publique en el Diario Oficial de la Federación.