Crónica testimonial de un trabajador del Senado de la República que lucha para no ser despedido injustificadamente, solo porque busca legalidad en el sindicato que debe defender los intereses de la base laboral.
Aquí su defensa oficial: Amparo Directo
Respetables Ciudadanos Magistrados
Del Primer Tribunal Colegiado de
Circuito en Materia Laboral en turno
Presente
Rodolfo Michel Pavía Ledezma, mexicano, con último grado de estudio en Maestría en derecho constitucional y Amparo, trabajador sindicalizado del Senado de la República desde el año de 1992, actualmente adscrito al área de Consultoria Jurídica del Senado de la Republica, por mi propio derecho en los términos del artículo 13 de la Ley de Amparo, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones la calle Donceles catorce segundo piso, colonia centro delegación Cuauhtémoc, México D. F, y autorizando, en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, al C. Lic. Y doctor en derecho Rey Ángel Bravo Bautista, respetuosamente comparezco a exponer:
Que por medio del presente escrito y con apoyo en los artículos 1 fracción 1,4,5, 158 y demás aplicables a la ley de amparo, 103, fracción 1 y 107 de la nuestra Constitución política, vengo a demandar el amparo y protección de la justicia Federal en contra de las autoridades que enseguida mencionare por violaciones a mi perjuicio de las garantías de legalidad y certeza jurídica consagrados en los artículos 14 y 16 constitucionales y por violar mis derechos humanos por mi manera de pensar y expresar mis opiniones en contra de la toma de nota, que otorgo el pleno del H. Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para la ampliación de la gestión como líder Sindical a la C. Bertha Orozco Márquez, la cual esta acordada en el registro sindical 75/69 en el onceavo cuaderno, toda vez que se utilizaron de manera indebida, firmas para tal efecto y se simularon actos jurídicos en perjuicio de la base trabajadora, adicionalmente en asamblea anterior se me excluyo de manera arbitraria y sin argumento lógico Jurídico y además no se me permitió participar en las rifas de plazas y ahora se me quiere negar mi derecho a contender para ser dirigente Sindical, ya que la actual Líder no respeto y violo los preceptos legales contenidos en los estatutos de nuestro sindicato.
El día de ayer, realice una manifestación pacífica, a bordo de mi camioneta con dos pantallas leds, alrededor del SENADO DE LA REPUBLICA en donde informo que si la líder convocaba a elecciones, nosotros las realizaríamos este 7 de julio y al intentar al SENADO; me fue negado el acceso de manera ilegal, debo señalar que el suscrito, fue despedido injustamente en el año 2006 y he sido víctima de abusos de autoridad y actos de discriminación por defender un derecho que esta consagrado en la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, por mi manera de pensar y expresar mis opiniones sin ofender a nadie, anexo para demostrar mi dicho dos expedientes, uno de ellos certificado por el TRIBUNAL FEDERL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
Por lo anterior y para los efectos legales correspondientes y en cumplimiento a lo que dispone el artículo 158 de la ley de amparo, manifiesto:
l.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- El señalado en el proemio del presente escrito.
ll.- NOMBRE DEL TERCERO PERJUDICADO: Cámara de Senadores, con domicilio en Madrid 62, Mezanine, colonia tabacalera, C.P. 06030, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. y Sindicato de Trabajadores de la Cámara de Senadores en la misma dirección.
lll.- AUTORIDADES RESPONSABLES.- Todos los Magistrados del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje los cuales integran en su conjunto el PLENO y que otorgaron de buena fe la Toma de nota al SINDICASTO DE TRABAJADORES DEL SENADO DE LA REPUBLICA, sin conocer la verdad histórica de los hechos que en el presente juicio de garantías podré demostrar y quienes fueron engañados por la simulación de actos jurídicos contrarios a derecho y legalidad.
lV.- ACTOS RECLAMADOS.- de los Magistrados en su pleno, el haber otorgado la TOMA DE NOTA a la C. Bertha Orozco Márquez, actualmente Dirigente de la persona moral denominada Sindicato de Trabajadores del Senado de la Republica, por no estar en apego a derecho.
V.- FECHA DEL CONOCIMIENTO DE LOS ACTOS RECLAMADOS.- El día 4 de junio del 2014.
V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS.- 14 Y 16 de nuestra constitución General de la Republica que a la letra indica:
a) a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, nadie podrá ser privado de la vida, la libertad, propiedades o DERECHOS, SINO MEDIANTE UN JUICIO SEGUIDO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, EN EL QUE SE CUMPLAN, las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. En los juicios del orden criminal, queda prohibido imponer por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no este decretada por una ley exactamente aplicable al delito que se trata, por otro lado en los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la Ley y a falta de esta, se fundara en los principios generales de Derecho.
Y lo más importante:
b) Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento.
RAZON POR LA CUAL Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO A USTEDES QUE SON CIERTOS LOS SIGUIENTES HECHOS QUE ME CONSTAN Y QUE CONSTITUYEN LOS ANTECEDENTES DE LOS ACTOS QUE RECLAMO PARA TAL EFECTO RESPETUOSAMENTE LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES.
A) EL SUSCRITO, ingresé a laborar en el año de 1990 al Senado de la República, habida cuenta que estudie ingles en ese entonces en la ciudad de Londres Inglatera, se me asignan labores propias como Traductor Legislativo en el área de relaciones interparlamentarias del Propio Senado de la Republica. Causando alta como empleado formal en 1991 y en 1992 se me otorga nombramiento como empleado de base Sindicalizado, en 1994 obtuve el reconocimiento por el Tribunal Superior de Justicia como Perito interprete y traductor en el idioma inglés, manteniéndome en dicha función dentro de esta institución, siendo traductor de diferentes Senadores y secretario particular de un funcionario.
B) A pesar de contar con una trayectoria laboral limpia dentro de esta institución, de haber estudiado y concluido mis estudios a nivel maestría en la universidad iberoamericana, de haber estudiado ingles en Estados Unidos y Londres Inglaterra y de ser una persona que actúa con rectitud y probidad en el año 2005 comencé a ser víctima de hostigamiento laboral y en enero del 2006 se me despidió de manera injustificada por manifestar ciertas inconformidades de jefes abusivos, ignorantes y corruptos que dañan la buena imagen de este SENADO DE LA REPUBLICA.
C) Por mis principios éticos, morales y religiosos me he manifestado siempre en contra de los abusos y de las injusticias, ya que he tratado de que a nosotros, los trabajadores de esta institución se nos dé un trato decoroso y digno, por la razón anterior y como lo manifesté líneas arriba, se me despide en el año 2006, instrumentándome un acta administrativa falsa, llena de inconsistencias y no en apego a la verdad histórica de los hechos, inclusive funcionarios que actualmente siguen laborando están denunciados penalmente ante la procuraduría capitalina por falsedad de declaración ante magistrados en funciones, la falsificación de mi firma en una demanda y a la muerte preter intencional de mi tercer hijo en un hospital.
Así las cosas demande al Senado en el 2006 y en octubre de 2011 pierdo el juicio en primera instancia, interpongo un amparo y el 2012 lo gano, El Departamento Jurídico del Senado en el 2012 se ampara y por unanimidad de votos de los magistrados pierde el amparo, ordenando al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje mi reinstalación en mi preciada fuente Laboral y el pago de salarios caídos desde el 9 de enero del 2006 al 2 de enero del 2014, así las cosas se me restituyen todos mis derechos como TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO.
D) En el mes de diciembre del 2012 manifiesto a la C. Bertha Orozco Márquez que gracias a dios y a los magistrados, había ganado el Juicio al senado y que deseaba que me apoyase para lograr mi reinstalación, presentando diversas peticiones verbales y por escrito y NUNCA ME AYUDO INCLUSIVE ME EXCLUYO DEL SINDICATO PARA LAS RIFAS DE PLAZAS.
E) En el mes de febrero del 2014 aproximadamente se me solicita una firma para una supuesta asamblea, al acudir se me pasa lista y se menciona mi nombre, pero al saber que esa firma la iba a utilizar para otro fin, antes de iniciar la asamblea solicito sea cancelada la misma por ser un acto violatorio a nuestros estatutos, contestándome en ese momento que no la tenía, que pasara al frente para buscarla y NO APARECIO, ME LA OCULTARON, como la firma de otros compañeros tampoco apareció. SIMULARON UN ACTO JURIDICO Y NOS ENGAÑARON, COMO TAMBIEN ENGAÑARON A LOS MAGISTRADOS PARA LA OBTENCION DE LA TOMA DE NOTA PARA VIOLAR NUESTROS ESTATUTOS Y NO QUERER CONVOCAR ELECCIONE3S PARA ESTE 2014.
F) Al acudir al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y observar el expediente R.S 75/69 del décimo cuaderno (anexo 1 en 6 copias simples) observo que efectivamente, no se encuentra mi firma y solicito copias certificadas del mismo a través de la oficina de transparencia en ese acuerdo se señala: (se transcribe) “artículo 55 el secretario General y los miembros del comité ejecutivo, podrán ampliar su gestión, si así lo aprueba la asamblea General y UNICAMENTE POR EL PERIODO DE UN AÑO”. Y se menciona que deberá al término que es hasta el 30 de agosto del 2014 y para convocar a elecciones del año 2014.
G) Posteriormente me percato de que en el mismo expediente R.S 75/69 se apertura el cuaderno once, al tenerlo a la vista se me autoriza verlo, al analizar esa parte del expediente que se me permitió ver me percato de que si existe mi firma, pero grande fue mi sorpresa al VER QUE MI FIRMA SE ENCONTRABA TACHADA CON TINTA DE OTRO COLOR, y que en la lista de asistencia no FIGURABA MI NOMBRE, una vez más me excluyo del sindicato, acto seguido, tomé placas fotográficas y lo hice del conocimiento de algunos compañeros, lo que sigue es concluir que la líder de mi sindicato, no solo violó ese acuerdo con un documento que presenta tachaduras y enmendaduras. SINO QUE NOS SORPRENDIO A TODOS LOS TRABAJADORES DEL SENADO Y A LOS PROPIOS MAGISTRADOS QUIENES NO SE PERCATARON DE ESE DETALLE QUE INVALIDA ESE ACTO JURIDICO POR PRESENTAR ALTERACIONES y no estar acorde con la verdad histórica de los hechos, violando principios tan elementales en el derecho como lo es la legalidad, transparencia y la certeza jurídica.
Señores Magistrados, son ustedes en su conjunto, doctos conocedores del derecho, les suplico me acepten este amparo y me den la oportunidad de ampliar la misma al momento de que la autoridad responsable rinda su informe con justificación y por otra parte ordenen al pleno del Tribunal Federal de Justicia dejen las cosas en el estado que se encuentran y se convoque a elecciones para este día 7 de julio del 2014, ya que lo anterior no contraviene con disposición legal alguna, ni se afecta a intereses de terceros, ya que existió un acuerdo previo al que hago mención (anexo 1) en donde se señala la fecha para convocar a elecciones y los estatutos son claros a ese respecto ya que existe el rumor de que la C. Bertha Orozco Márquez pretende modificar nuestros estatutos para lograr otra gestión como líder por 10 años más, situación que no afectaría pues este sindicato pretende perpetuarse en la dirigencia y a mí en lo personal, nunca me ayudo, ya que presumo está defendiendo intereses de la autoridad, no así a los intereses de nosotros, los trabajadores.
Razón por la cual expongo brevemente los siguientes:
CONCEPTOS DE VIOLACION
Lo constituyen en mi perjuicio y en perjuicio de terceros (empleados Sindicalizados del Senado de la República) la toma nota que otorgo el pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje a favor de la persona moral denominada Sindicato de Trabajadores de la Cámara de Senadores por conducto de su actual dirigente, la C. Bertha Orozco Márquez, dicha toma de nota deberá ser requerida al tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje ya que de la misma se desprenden serias violaciones a los estatutos y a la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 14, 16, 17 y 123 apartado B.
Así mismo la responsable viola en perjuicio lo dispuesto por los artículos 137 de la ley Federal de los trabajadores al Servicio del estado y 842 de la Ley Federal del Trabajo de aplicación Supletoria a la ley de la materia.
LA SUPLENCIA DE LA QUEJA
CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 76 BIS FRACCION IV DE LA LEY DE AMPARO, SOLICITO QUE EN EL PRESENTE JUICIO POR SER LA PARTE TRABAJADORA QUIEN PROMUEVE, EN CASO DE SER NECESARIO SE SUPLA LA DEFICIENCIA DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACION AQUÍ PLANTEADOS, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALE A QUE HAYA LUGAR.
PRUEBAS
SE OFRECEN COMO PRUEBAS:- todas y cada una de las actuaciones en el expediente R.S 75/69 DECIMO Y ONCEAVO CUDERNO, que se deberán requerir a la autoridad responsable y en donde se desprenden las violaciones de los actos que reclamo, en donde se desprende la ilegal toma de nota de la C. Bertha Orozco Márquez y de donde se aprecian las tachaduras y enmendaduras de los documentos que menciono.
Anexo 1.- seis copias simples del expediente R.S. 75/69 décimo cuaderno.- el objeto de esta prueba es el señalar que los Magistrados emitieron un acuerdo por UNICA VEZ, para dispersar las elecciones en el 2013 y con la toma de nota que se le está dando a la C. Bertha Orozco Márquez se está violando ese propio acuerdo de manera análoga, sin analizar a fondo nuestros estatutos que prohíben en primer término la re elección y en segundo término la permanencia indefinid en el cargo de Líder Sindical.
Anexo 2.- copias simples de las condiciones generales de trabajo que actualmente rigen la vida de este sindicato.- el objeto de esta prueba es para demostrar que no se están respetando nuestros estatutos pues en ellos se prohíbe la reelección simulada o la permanencia indefinida del comité ejecutivo.
Anexo 3.- copia certificada del juicio de amparo 74/2012 firmada por la Lic. Christian del Rosario Salinas Álvarez de fecha 19 de enero del 2012.- el objeto de esta prueba es para acreditar que he sido víctima de hostigamiento laboral y discriminado por mi manera de pensar y que mi interés siempre ha sido a favor de los trabajadores del senado de la República, en dicho expediente se aprecian todos los abusos de autoridad administrativa en mi agravio y demuestro que el actual sindicato nunca se ha pronunciado a ayudarme.
Anexo 4.- copia simple de escrito de fecha 18 de diciembre de 2013 consistente en dos fojas firmado por la C. Bertha Orozco Márquez.- el objeto de esta prueba es demostrar que desde esa fecha, tenía reconocidos mis derechos Sindicales y que posteriormente, me desconoció, inclusive presumo que fue ella la que dio instrucciones a la tesorería del Senado para que no me hiciesen mis descuentos de pago al sindicato, situación por la cual, le presente una queja ante la contraloría del Senado y una quincena después, me los aplicaron normalmente.
Anexo 4.- copia simple de reporte periodístico donde se señalan irregularidades en el sindicato de trabajadores de la Cámara de Senadores.
Anexo 5.- copia simple de escrito dirigido a la C. Bertha Orozco.- consistente en cinco fojas, con sello de recibido de fecha 21 de febrero del 2014.- el objeto de esta prueba es el demostrar que me interesa defender los intereses de mi sindicato, inclusive intente aportar 100,000 pesos para la creación de un fideicomiso y NUNCA ME CONTESTARON, NI VERBAL NI POR ESCRITO, esta prueba se relaciona con los hechos que narro.
En conclusión CC. Magistrados, este sindicato nunca me ha contestado, no me ha ayudado, no ha rendido cuentas y presumo que obedece a intereses de ciertas autoridades y no esta cumpliendo con su finalidad que es proteger y defender a los intereses de sus agremiados. Razón por la cual de manera respetuosa a ustedes:
PIDO:
l.- tenerme por presentando demandando el amparo y protección de la justicia de la unión, en contra de los actos de las autoridades señaladas como responsables, promoviendo en el presente amparo directo.
ll.- Solicitar la suspensión provisional del acto que estoy reclamando y se solicite al pleno la autorización para la realización de la renovación del comité sindical para el periodo 2014—2017, tal y como se acordó en el R.S. 75/69 décimo cuaderno de fecha siete de mayo del 2013 que se presenta como anexo 1 para no violar a nuestros estatutos gremiales.
lll.- una vez rinda el informe la autoridad responsable, me sean autorizadas copias certificadas de este juicio de garantía, a mi costa, para estar en condiciones de poder analizar mi estrategia jurídica.
lV.- tener por acreditado única y exclusivamente a Lic. Y doctor en derecho Rey Ángel Bravo Bautista como mi representante legal en el presente asunto.
V.- Previos los trámites de ley, dictar resolución concediéndome el amparo y la protección de la justicia de la unión, por las razones y análisis expuestos en el cuerpo de este escrito.
Vl.- se me da la oportunidad de poder ofrecer mis demás pruebas conforme se desarrolle el presente juicio así mismo poder ampliar con más tiempo la ampliación del presente.