La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Salud, con el objetivo de establecer penas de uno a nueve años de prisión a quien venda o comercie con muestras médicas.

El texto, que adiciona una fracción cuarta al artículo 464 de dicha ley, indica que además se le aplicará una multa que fluctuará entre los veinte mil y cincuenta mil salarios mínimos, a quien sea responsable de este tipo de actos.

Al respecto, el presidente de dicha comisión, Mario Alberto Dávila Delgado, explicó que hay lagunas legales que evitan sancionar este comercio irregular de medicamentos lo que, subrayó, implica un riesgo para los pacientes.

“El peligro es que vendan medicamentos donde, para empezar, no lo hace un profesional de la salud, pero sí lo hace una persona que sin el conocimiento médico pondría en riesgo la salud de los pacientes por los efectos que puede tener el medicamento”, alertó.

Indicó que no hay datos sobre la cantidad de medicinas que se venden en diferentes lugares o en vía pública. “Ni siquiera la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ni la Secretaría de Salud tienen los números de muestras médicas que en este momento se comercializan en tianguis”.

Dijo que lo recomendable es que el único autorizado para proveer a los pacientes de medicamentos sea el médico tratante, y no a través de un intermediario ni de alguna otra persona.