Toda persona que pretenda realizar y publicar encuestas, estudios o sondeos de carácter electoral, durante el periodo de elecciones, debe estar inscrita en el Registro Público de Encuestadoras que abrirá el Consejo General del IFE.
Este es el objetivo central de una serie de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, planteadas este martes por el senador Leonel Godoy Rangel, en aras de “una mejor regulación jurídica”.
En su iniciativa, el legislador perredista propone sanciones que irán hasta los 10 mil días de salario mínimo para toda aquella persona física o moral que incumpla las disposiciones legales que establezca el Consejo General del Instituto.
En la exposición de motivos, mencionó que de acuerdo a un informe de dicho Consejo de mil 82 encuestas publicadas sólo 680 son originales, 130 reproducciones y 272 notas periodísticas.
De ese total a la Secretaría Ejecutiva sólo llegaron 69 estudios y de éstos 40 omitieron la entrega de ciertos elementos que configuran los criterios científicos de sus encuestas, precisó.
En opinión del senador por Michoacán estos datos evidencian que casi un 90 por ciento de las encuestas originales no cumple con los lineamientos y criterios emitidos por el Instituto para poder realizar dicha actividad y por lo tanto no ofrecen elementos de transparencia, objetividad y veracidad.
Sin embargo, afirmó, “se publicaron y debe considerarse que fungieron ilegalmente con finalidades propagandísticas”.
Puntualizó que la información de las encuestadoras registradas será difundida en la página de internet en el sitio oficial del Instituto Federal Electoral, para lo cual las personas que quieran llevar a cabo estas actividades u publicitarlas estén debidamente identificadas y legalmente constituidas.
Posterior a la inscripción en el Registro Público de Encuestadores, y previo a realizar la encuesta, estudio o sondeo electorales, deberán presentar el proyecto de estudio, investigación y metodología que se aplicará, la cual deberá ajustarse a los lineamientos y criterios que vía acuerdo dicte el Consejo General del Instituto.
Además el contrato o comprobante con los costos cuando las encuestas sean encargadas por terceras personas, con el fin de prevenir que puedan influir en el ánimo del electorado al momento de realizarse y que en caso que sea un partido político quien la pague esté sujeta a fiscalización.
La iniciativa que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, fue turnada a las Comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos.