Diputados de la Comisión de Salud aprobaron un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a fin de que se regule el control sanitario de la aplicación de técnicas de reproducción humana médicamente asistida.
El documento que incorpora el capítulo III Bis a la mencionada Ley, denominado “técnicas de reproducción humana médicamente asistida”, establece que se impondrán de 6 a 17 años de prisión y multa equivalente de 8 mil a 17 mil días de salario mínimo general vigente, en la zona económica de que se trate, al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y otros componentes de embriones fertilizados.
En el caso de que intervengan profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará, además, suspensión de 4 a 6 años en el ejercicio profesional, técnico o auxiliar, y hasta 6 años más, en caso de reincidencia.
El presidente de dicha instancia, diputado Isaías Cortés Berumen, aseguró que las técnicas de reproducción humana asistida se llevan a cabo desde hace años, y aunque la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ejerce su función de regulación, no existe un marco jurídico que rija dichas técnicas; por ello, precisó, es necesaria su inclusión en la Ley General de Salud.
Señaló que quienes sean sujetos a esas prácticas de reproducción deben ser personas con incapacidad fértil demostrada; el dictamen señala los criterios para los usuarios, sus extensiones y limitantes.
Además, los establecimientos donde se realicen estas técnicas deberán tener licencia sanitaria. Actualmente, aseguró, todas las clínicas que dan estos servicios no la tienen porque no están regulados.
Agregó que la iniciativa enlista las definiciones de reproducción humana medicamente asistida, técnicas empleadas, infertilidad y fertilización asistida.
En tanto, la diputada Raquel Jiménez Cerrillo resaltó que nuestro país reporta alrededor de un 15 por ciento de hombres y mujeres con problemas de fertilidad en edad reproductiva entre los 18 y 44 años.
Señaló que al ser la infertilidad un problema en el país y en el mundo, es necesario abordarlo, ya que no existe una regulación en esta materia, a pesar de que la Constitución reconoce el derecho a la protección de la salud en sus artículos 4º y 3º.
La también proponente de la iniciativa, detalló que debe ser comprobado el problema de la infertilidad, porque al no estar legislado no se realiza un diagnóstico certero y fehaciente.
Resaltó que al someter a la pareja a estos procesos se atenta su economía, ya que el costo por cada intento suele ir desde los 100 mil hasta los 300 mil pesos, y se calcula que más de la mitad de las clínicas que la llevan a cabo operan sin registro.
Dijo que la iniciativa establece la protección a los usuarios, a terceros y al embrión, ya que actualmente se desconoce qué se hace con los embriones fertilizados, qué tipo de control se tiene, si existe tráfico o venta de estos, por lo que la propuesta establece un número mínimo y máximo de fertilizaciones como medida de protección.
“La reproducción humana no solo es un asunto individual sino social, por lo que se considera prioritario establecer un marco jurídico que proteja y de certeza jurídica a quienes se encuentran sometidos a estas técnicas”, manifestó.
Añadió que el incremento de tasa de infertilidad, así como el alto interés de las familias por tener un hijo, propicia la existencia de clínicas de fertilización asistida; sin embargo, la ausencia de reglamentación en este campo genera una serie de irregularidades y abusos que daña tanto a las mujeres como a las familias, generando un problema de salud pública.
En opinión del diputado Antonio Sansores Sastré, estar en contra de la iniciativa, ya que es discriminatoria y regresiva de los avances científicos actuales.