La Sala Superior Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral (IFE) de suspender la difusión de los promocionales identificados como “Dominó”, atribuidos a los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano, al considerar que no denigran al Partido Revolucionario Institucional (PRI), y a su entonces candidato presidencial, Enrique Peña Nieto, ni a su militancia.

En sesión pública, los magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, por la cual se resolvió el recurso de apelación promovido por el PRI, quien se quejó de que la autoridad responsable transgredió los principios de certeza y legalidad derivado de una indebida fundamentación y motivación.

La sentencia establece que la Comisión de Quejas y Denuncias emitió su resolución a partir de los artículos normativos aplicables al caso, y concluyó que no procedían las medidas cautelares solicitadas debido a que las imágenes y expresiones contenidas en los promocionales no denigran al PRI, a su entonces candidato presidencial, Enrique Peña Nieto, ni a sus militantes, como lo pretendió hacer valer el actor.

Lo anterior, debido a que las expresiones contenidas en el spot tienen sustento en una opinión de los emisores  sobre lo que podría pasar en caso de que se validara la elección presidencial, por lo que no existen en el mensaje imputaciones directas como lo denunció la parte actora.