La Sala Superior del Tribunal Electoral determinó revocar dos acuerdos de requerimiento emitidos por el Secretario General del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), por los que solicitó a Demos Desarrollo de Medios, S. A. de C. V., editora del periódico La Jornada, que informara cómo distribuye los tipos de espacios y estilos para la publicidad de la información.
Los magistrados declararon fundado el agravio expresado por la actora en el sentido que la autoridad responsable omitió fundar y motivar debidamente sus determinaciones.
Esto porque dejó de exponer las razones por qué es indispensable contar con dicha información, toda vez que se trata de tópicos que tienen que ver con el ejercicio del quehacer periodístico, la organización interna y las políticas de trabajo como medio de comunicación impreso, cuya actividad se encuentra tutelada por las libertades de profesión, expresión y de imprenta previstas en los artículos 5, 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.