El Pleno del Senado de la República avaló un dictamen con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y adiciona un quinto párrafo al artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en materia de publicidad engañosa.
Con estas reformas, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) estará facultada para analizar y verificar la información o publicidad, con el objetivo de proteger a los consumidores de la publicidad o la información engañosa o abusiva, es decir, que sea veraz, clara y apegada a la Ley.
Además, se introduce la palabra “claros”, en cuanto al contenido de la información o la publicidad relativa a bienes, productos o servicios que se difundan por cualquier medio o forma, en concordancia con la LFPC, que hace referencia a la información adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios como un principio básico en las relaciones de consumo.
Con estos cambios, el consumidor tendrá la certeza de los productos, bienes o servicios que adquiere.