La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, para dotar de mayor certeza a quienes, herederos de una obra, puedan mantener el beneficio de la regalía, en tanto se cumpla de forma expresa el requisito de que el legatario esté debidamente establecido, en el testamento de su autor.
Con 336 votos favor, tres en contra y una abstención, se adicionó un párrafo cuarto al artículo 30 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para precisar que tratándose de sucesiones, los derechos patrimoniales de autor no serán considerados de dominio público en tanto exista legatario establecido dentro del testamento.
El documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, busca clarificar los términos de los derechos patrimoniales de autor, en lo referente a las sucesiones, así como dotar a la ley de un mayor nivel de protección al o a los titulares, constituyendo esto un método para incentivar la creación de nuevas obras.