El Tribunal Electoral ordenó al Partido Acción Nacional (PAN) que en un plazo de cinco días hábiles, a partir de que haya sido notificado, remita en formato electrónico al solicitante la documentación relacionada con gastos efectuados con motivo de la celebración de la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria.

En el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar, se indica que la entrega de la información en formato electrónico o digital, constituye una modalidad de las previstas en el artículo 42, párrafo primero, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 31 d), párrafo primero, del Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y debe privilegiarse cuando así sea solicitada por el peticionario, siempre y cuando no implique una carga injustificada o desproporcionada por el partido político, en atención al volumen de la información solicitado o a su formato original.

El proyecto fue aprobado por mayoría de votos. El magistrado Flavio Galván Rivera se pronunció en contra, pues consideró que el partido político cumplió con su obligación en materia de transparencia, al poner a disposición del interesado la documentación requerida en el sitio en el que ésta se encuentre o mediante la expedición de copias simples certificadas, pues, en caso contrario, se le impone un deber jurídico.

Al respecto, el Magistrado Salvador Nava, reiteró que la modalidad de entrega digital está prevista en la ley. “La digitalización no es más que un formato digital de las copias. Yo me atrevería a decir que el futuro del acceso a la información va más bien por esa vía”.   

Durante la sesión pública celebrada hoy se analizaron y resolvieron 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 1 recurso de apelación, 4 recursos de reconsideración, que hacen un total de siete medios de impugnación, así como 1 incidente de inejecución de sentencia.