La Cámara de Senadores aprobó en lo general y en lo particular la reforma constitucional en materia de derechos humanos, que establece la prohibición de todo tipo de discriminación, incluso la motivada por “las preferencias sexuales”.

Entre otros cambios, con la enmienda se deroga la facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que sea la CNDH quien indague hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos.

Lo anterior, cuando así lo juzgue conveniente o lo pida el Ejecutivo federal, alguna de las cámaras del Congreso, gobernador, el jefe de gobierno del D.F. o las legislaturas estatales.

Asimismo, se dispone que las autoridades tendrán la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

“En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

A nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales, el senador Pedro Joaquín Coldwell afirmó que con las modificaciones se protegen los derechos humanos de segunda y tercera generación contenidos en los tratados internacionales que ha firmado el gobierno mexicano y ratificado el Senado de la República.

Se realizó --dijo-- una restructuración del artículo 29 de la Carta Magna, a fin de establecer “que hay un piso de derechos humanos que bajo ningún concepto, así haya una grave perturbación del orden público o calamidad natural, se pueden suspender”.

De esta manera, enfatizó, los derechos de los niños, de conciencia, a profesar creencia religiosa alguna, a la vida e integridad personal, a la protección de las personas, entre otras garantías, no podrán restringirse.

Aclaró que la incorporación de las preferencias sexuales como causante de discriminación brindará mayor certeza jurídica y protección a las personas no heterosexuales en todos los ámbitos sociales.

“El derecho a la no discriminación por preferencias sexuales --subrayó-- no concede un fuero o un privilegio indebido, pues se relaciona con el de la igualdad y cómo tal debe ser entendido de buena fe y de manera sistémica con el resto de los derechos humanos consagrados en la Constitución y los tratados internacionales”.

“Estamos --señaló-- frente a la reforma más importante de los últimos 25 años. Desde que se creó la Comisión de los Derechos Humanos, no se había llevado a cabo en nuestro texto constitucional una reforma de gran calado para modernizar los derechos fundamentales de los mexicanos”.