El Pleno camaral aprobó modificar el artículo 16 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de cambiar el término “discapacidad física” por “discapacidad”, respecto de los conceptos considerados discriminatorios a los que pueden ser sujetos y de la existencia de otros tipos de incapacidad.
Con la unanimidad de 419 votos a favor, los diputados acordaron ampliar la protección sobre la no discriminación a la población con distintas discapacidades, quitando las limitantes que fija la ley.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez, diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) explicó que se trata de una reforma que elimina las limitantes y excluyentes que fija la ley, ya que por la forma en la que está redactado el artículo referente a la discriminación sólo se circunscribe a personas con discapacidades físicas, dejando fuera la prevención de otros tipos de incapacidad.
Con su aprobación, argumentó, se amplían los distintos tipos de discapacidades que existen, como: la mental, intelectual, psicosocial y sensorial, entre otras. De este modo, se garantiza que la niñez y la adolescencia en condiciones diferentes puedan desarrollar al máximo sus capacidades y elevar su calidad de vida.
Recordó que en México hay alrededor de 520 mil niños de 0 a 14 años de edad con dificultades para la realización de tareas en la vida diaria. Ellos representan el 9.1 de la población con discapacidad y el 1.6 de la población total. Entre la población infantil con discapacidades, 43.3 por ciento tiene de 10 a 14 años y 4.4 por ciento de 5 a 9 años y el 16.3 de 0 a 4 años de edad.