Para incluir en la Constitución las candidaturas independientes a cargos de elección popular en procesos electorales locales y evitar con ello que la reforma en la materia quede incompleta, el diputado Carlos Flores Rico presentó una iniciativa de reformas al artículo 116 de la Carta Magna.
Señaló que las modificaciones a la Constitución en materia de Reforma Política, que siguen su proceso en los Congresos locales, establecen la inclusión de candidaturas independientes sólo para procesos federales y abren nuevos cauces a la participación ciudadana.
Además, reconocen nuevos derechos ciudadanos y fortalecen la democracia participativa. “Son la posibilidad de mejorar la colaboración entre poderes, sin mermar las facultades del Congreso ni su independencia; se han resuelto lagunas y definiciones que requerían actualizarse para fortalecer el ejercicio democrático del poder”, enfatizó.
En el documento, turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, afirmó que no debe continuar el derecho exclusivo de los partidos políticos para postular candidatos ciudadanos en procesos locales, pues sería incongruente con la inclusión de candidaturas independientes en elecciones federales.
Indicó que la Carta Magna ordena que las constituciones y leyes electorales estatales garanticen que los partidos políticos tengan reconocido como derecho exclusivo solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular y es necesario garantizar las candidaturas independientes en esos ordenamientos, para lo que se requiere reformar el artículo 116 constitucional.
Agregó que la Cámara de Diputados deberá discutir el tema en sesiones posteriores, para incorporar el derecho ciudadano a ser votado a un puesto de elección popular a nivel local sin la obligada postulación de un partido político.
Reconoció que dichas candidaturas no contribuyen per se a la gobernabilidad duradera, la institucionalidad, la rendición de cuentas y pudieran generar mayor volatilidad electoral y polarización entre actores políticos, sin embargo, dijo que es necesario hacer consonancia entre la inclusión de candidaturas ciudadanas a nivel federal y las candidaturas ciudadanas para comicios locales.
La reforma planteada al Artículo 116, fracción IV, inciso e), señala que las constituciones y leyes de los estados en materia electoral garantizarán que los partidos políticos tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, sin perjuicio de las modalidades para que los ciudadanos puedan ser votados a cargos de elección popular como candidatos independientes.