Con el fin de fortalecer la democracia y establecer un marco jurídico incluyente que garantice el consenso entre los diferentes actores involucrados en los temas que afecten de manera directa e indirecta a los pueblos y comunidades indígenas, el senador del PRD, Isidro Pedraza Chávez, propuso la creación de la Ley General de Consulta a Pueblos Indígenas.
A través de una iniciativa, el senador por Hidalgo sostuvo que no existe un marco normativo que regule temas de gran impacto y repercusión directa sobre los intereses de los pueblos y comunidades indígenas lo cual contribuye a la desigualdad entre los mexicanos.
Por ello, la propuesta de ley plantea que el Estado mexicano establezca la consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas a través de un marco normativo capaz de proveer el pleno derecho al acceso a la consulta previa, libre e informada con la finalidad de llegar a los acuerdos necesarios.
El integrante de la Comisión de Asunto Indígenas del Senado de la República afirmó que la consulta hacia los pueblos y comunidades indígenas hoy en día se limita solamente al Plan Nacional de Desarrollo, olvidando el ámbito estatal y municipal.
Sin embargo, señaló Pedraza Chávez, lo anterior no es suficiente dado que si bien existe esa figura jurídica no se establece un mecanismo para diferentes temas de importancia y repercusión directa en el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.
El perredista argumentó que el Estado mexicano debe cumplir los acuerdos internacionales de los cuales forma parte y favorecen el pleno derecho de consulta de los pueblos y comunidades indígenas como el Convenio 169 del Organismo Internacional del Trabajo o la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
La iniciativa de Isidro Pedraza define que la consulta sea celebrada por el principio de buena fe, con carácter previo, informado, adecuado y accesible con la finalidad de llegar a un acuerdo.
La consulta debe ser informada, en el sentido de que los pueblos indígenas tengan conocimiento de los posibles riesgos del plan de desarrollo o inversión propuesto, incluidos los riesgos ambientales y de salubridad.
En ese sentido, apuntó el legislador, la consulta previa requiere que el Estado brinde información suficiente, implicando una comunicación constante entre el Estado y los pueblos o comunidades indígenas.
Isidro Pedraza enfatizó que los consensos necesarios deberán ser resultado de toda consulta entre autoridades correspondientes, pueblos y comunidades indígenas involucradas en un tema de susceptibilidad que los afecte directamente en todos aquellos que los compete.