La Comisión de Trabajo y Previsión Social analiza la propuesta presentada por el diputado Silvano Blanco Deaquino, para reformar diversas disposiciones del artículo 123 constitucional para sustituir las juntas de conciliación y arbitraje por jueces laborales, dependientes del Poder Judicial.
La finalidad de esta iniciativa, indicó el diputado Blanco Deaquino, es mejorar la impartición de justicia laboral y poner fin al tripartidismo en los órganos que dirimen los conflictos obrero-patronales.
Agregó que el hecho de que sean los jueces laborales los que pudieran resolver los conflictos, representaría un cambio de calidad en la vida laboral, además de que se estaría cumpliendo con el ordenamiento del artículo 123 constitucional, Apartado A, fracción XXXI, y el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo.
En entrevista, recordó que el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, en recientes declaraciones manifestó su disposición de buscar que las juntas de conciliación y arbitraje se “conviertan en tribunales sociales”, esto permitiría, explicó, impulsar la democratización del sector.
Dijo que actualmente, las juntas de conciliación y arbitraje han sido llevadas a un estado de descomposición y ser los principales obstáculos para una justicia imparcial, expedita y profesional en favor de los trabajadores.
Reconoció que, en su origen, las juntas de conciliación buscaron el equilibrio entre los factores de producción, sin dejar de lado la tutela hacia los trabajadores, logrando laudos memorables, como el dictado a favor de los trabajadores petroleros, que llevó a la expropiación de la industria.
Sin embargo, abundó el legislador, en la medida en que se han usado todos los medios legales e ilegales para debilitar los derechos de los trabajadores, y en particular a los sindicatos, las juntas “han triturado la justicia expedita”.
Consideró que en la reciente reforma laboral, el golpe de gracia se da en lo que tiene que ver con la contención de los salarios caídos a un periodo delimitado de 12 meses. “Ahora los procedimientos carecerán de equidad y hasta de racionalidad, ya que se tendría que pelear durante años y eso desalienta las demandas y en contraparte alienta la impunidad”.
En tal sentido, dijo, urge que sea el Poder Judicial el que conozca y resuelva los conflictos laborales, en sustitución de las juntas de conciliación y arbitraje, sin dejar los principios protectores del derecho procesal laboral.
Por su estructura actual, subrayó Blanco Deaquino, éstas dan “el espejismo” de ser tribunales democráticos, en los que están representados los trabajadores, los patrones y el gobierno, sin embargo, en la práctica no actúan con imparcialidad y al favorecer al sector empresarial, esa estructura tripartita se convierte en bipartita, en perjuicio del trabajador.
“Ya no es concebible que cuando se ha fortalecido la división de poderes, tengamos tribunales que realizan funciones jurisdiccionales. Hoy los conflictos laborales requieren tribunales independientes, que impartan justicia laboral en forma eficaz”, concluyó.