La Cámara de Diputados aprobó en lo general y con la mayoría calificada de 336 votos a favor, 130 en contra y cero abstenciones, reformas al artículo 35 de la Constitución Política, para regular la difusión de la consulta popular en medios de comunicación.
Con la adición de tres párrafos al artículo 35 constitucional se determina que el Instituto Federal Electoral (IFE) promoverá la difusión y la discusión informada de las consultas populares que hayan sido convocadas por el Congreso de la Unión.
El dictamen remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales destaca que el instituto electoral garantizará el acceso a la radio y la televisión a quienes hubieran presentado la petición, a través de los tiempos oficiales que le corresponde administrar para sus propios fines.
Indica que cuando a juicio del instituto electoral el tiempo total en radio y televisión fuera insuficiente, determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante.
Establece que “ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión pública de los ciudadanos sobre la consulta popular”.
Cabe precisar que la iniciativa presentada por diputados del PRI, PAN y PRD, proponía reformar la Base III, Apartados A, párrafo tercero y C, del artículo 41 de la Constitución Política para incluir esta prohibición y “ahora ésta se traslada al 35”.
El documento argumenta que en la actualidad los vehículos más eficaces para transmitir la información colectiva a la sociedad son la radio y la televisión, por lo que debe existir un límite en la Constitución, para que ninguna persona pueda contratar espacios publicitarios, cuyo objetivo sea promover o influir en una consulta popular.