Acostumbrados a defender sus privilegios, actuar como si las frecuencias de televisión y radio fueran de su propiedad y a anteponer sus intereses de lucro por encima de los sociales, los radiodifusores agrupados en la CIRT han emprendido una campaña de confusión y linchamiento mediático contra la aprobación del IFE de modificar su Reglamento de Quejas y Denuncias para establecer que podrá exigir e iniciar una investigación contra los medios de comunicación que nieguen, durante el proceso electoral de 2012, el derecho de réplica.
En México el derecho de réplica tiene rango constitucional desde 2007; se encuentra en la Ley de Imprenta desde 1917 y, de manera imperfecta, en el Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión expedido en octubre de 2002. Además de estar establecido en el artículo 14 de la Convención Americana de Derechos Humanos y ratificada por el Senado en 1980.
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) le da a los partidos y candidatos el derecho de replicar cuando consideren que en los medios de comunicación se les ha difamado o calumniado. Un artículo transitorio de ese ordenamiento estableció que "a más tardar el 30 de abril de 2008, el Congreso de la Unión deberá expedir la ley reglamentaria del derecho de réplica establecido en el primer párrafo del artículo 6º de la Constitución". Pero han pasado cuatro años sin que el Congreso haya hecho nada para cumplir con el propio mandato que se impuso para asegurar este derecho, incluso los intentos por avanzar en el dictamen correspondiente han sido frenados también por presiones de los concesionarios.
Ante esta vergonzante omisión legislativa y el vacío legal que ocasiona, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver una sentencia, sostuvo en 2009 por unanimidad de votos que el derecho de réplica involucra diversos derechos, como el relativo a conocer información verdadera o exacta, el cual resulta relevante al momento de que sea tomada una decisión o determinación. El Tribunal señaló además que, en el marco del derecho electoral, el derecho de réplica cobra especial importancia para que los ciudadanos cuenten con los mejores elementos para emitir su voto y a fin de que el principio de equidad en el derecho a ser votado no sea violado. El mismo Tribunal determinó que, a falta de la reglamentación necesaria, el IFE debe ser garante del derecho de réplica a fin de asegurar la equidad en cualquier contienda electoral.
Por eso el Instituto Federal Electoral ha estado obligado a reglamentar el derecho de réplica, cubriendo la omisión del Congreso y cumpliendo con un mandato del TEPJF. Sólo así puede tener sentido la disposición del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que estipula: “Los partidos políticos, los precandidatos y candidatos podrán ejercer el derecho de réplica que establece el primer párrafo de la Constitución respecto de la información que presenten los medios de comunicación, cuando consideren que la misma ha deformado hechos o situaciones referentes a sus actividades. Este derecho se ejercitará sin perjuicio de aquellos correspondientes a las responsabilidades o al daño moral que ocasionen en términos de la ley que regule la materia de imprenta y de las disposiciones civiles y penales aplicables”.
A esa decisión de la autoridad electoral, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) ha reaccionado con una virulencia que sólo puede resultar de la culpa anticipada. Si los radiodifusores estuvieran seguros de que tienen un comportamiento responsable, no tendrían por qué oponerse a que los actores políticos tuvieran derecho a réplica. Lo que buscan esos empresarios es socavar la reforma electoral de 2007 que, como es bien sabido, les quitó el privilegio de vender espacios para propaganda política y les impone responsabilidades más claras delante de la sociedad.
El miércoles 23 de junio, el Consejo General del IFE aprobó el nuevo Reglamento de Quejas y Denuncias. Uno de los temas que incluyó, mediante artículo transitorio, es el derecho de réplica, el cual si no es otorgado por los medios de comunicación podrá hacerse exigible ante el órgano electoral mediante el procedimiento que la ley denomina como “especial sancionador”. La CIRT miente al acusar al Instituto de usurpar las facultades del Congreso y de intervenir “sin facultades” programas informativos.
De igual manera la CIRT acusa al IFE de “prohibir a todo ciudadano mexicano manifestar públicamente sus aspiraciones políticas”. Esta desmedida afirmación no tiene sustento, ya que cualquier persona puede verter su opinión sobre cualquier candidato o partido político; lo que está expresamente prohibido por la ley es que cualquier persona o grupo compre espacios en la radio y la televisión, tal como sucedió en el proceso electoral federal de 2006 a la Presidencia de la República. La propia Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó esta prohibición y negó que fuera una limitación a la libertad de expresión al resolver el amparo que un grupo de llamados intelectuales interpuso en la materia.
La resistencia y embate de los concesionarios de la radio y la televisión ante el nuevo modelo de comunicación política desde la Reforma de 2007 tiene como objetivo regresar al modelo de comercialización de los procesos electorales, por el cual ganaban miles de millones de pesos provenientes del dinero público que pertenece a todos los mexicanos.
Los partidos políticos que aprobaron la reforma electoral mencionada han sido omisos en sus respectivas bancadas al no elaborar una legislación secundaria específica para garantizar plenamente la equidad en los procesos electorales, y también al no realizar ajustes al COFIPE en aras de establecer con precisión sanciones económicas innegociables y auténticamente disuasivas para casos en los que se presenten conductas violatorias por parte de televisoras y servidores públicos. No sólo han sido omisos en esta materia, también se han beneficiado de esas omisiones burlándose de la reforma democrática que ellos mismos aprobaron en 2007.
La AMEDI llama enérgicamente a los empresarios de los medios de comunicación, a los partidos y a los legisladores a informar y actuar con responsabilidad. Ni la libertad de expresión está riesgo, ni hay indicios de censura alguna en los cambios aprobados en el reglamento. Al mismo tiempo exigimos que los Consejeros Electorales cumplan con su deber, sin ceder a las presiones que vulneran el derecho a la información. De otra manera, quedarían lesionadas las condiciones para que el próximo año tengamos una competencia electoral sustentada en el derecho y la equidad.
México, D. F. 26 de junio de 2011.
Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) A. C.
En representación del Consejo Directivo:
Lic. Aleida Calleja, Presidenta