Para que la totalidad del ingreso de los trabajadores, por concepto de aguinaldo, reparto de utilidades, primas vacacionales y la dominical sean exentas del Impuesto Sobre la Renta, el diputado Leobardo Soto Martínez propuso reformas a la fracción XI del artículo 109 de la Ley del ISR.
En el documento que analiza la Comisión de Hacienda y Crédito Público se precisa que el aguinaldo es una importante conquista de los trabajadores, que incrementa sus condiciones laborales y que los beneficia en la temporada de fin de año.
Se abunda que el aguinaldo es la retribución al trabajador tras un año de labores, lo cual hace obvio que no se trata de un regalo o gratificación por parte del patrón y por tanto, es injusto que ese ingreso le sea gravado.
Respecto a la participación de los trabajadores en las utilidades, se destaca, busca disminuir la distancia que existe entre la calidad de vida del empresario y los trabajadores al tratar de hacer una distribución, favorable para ambas partes, de la riqueza.
“Como se sabe, el trabajador es pieza vital en el proceso productivo de toda empresa y por tanto es justo que éste obtenga alguna gratificación o remuneración (distinta al salario) por su esfuerzo y dedicación constante durante un año”.
En el documento, Soto Martínez enfatiza que si una empresa obtiene rendimientos favorables por su actividad productiva, se debe, en gran parte, a la labor desempeñada por los trabajadores, ya que son ellos quienes se encargan de llevar a cabo las funciones de todas las áreas de la empresa (producción, logística, publicidad, ventas, etcétera.) y por ende, se merecen una parte de las ganancias que la empresa obtuvo por el esfuerzo realizado.
Resalta que entre la clase trabajadora existe el malestar por pagar impuesto por concepto de la prima vacacional, “ya que se supone que es un apoyo otorgado para pasar en mejores condiciones sus vacaciones en compañía de su familia; sin embargo, es un engaño”.
Por lo que es necesario, menciona, evitar el pago de impuesto, ya que el trabajador por el tipo de rol laboral y mercantil que tiene la empresa es obligado a trabajar en domingo o quiere incrementar sus ingresos que son insuficientes para vivir dignamente.
Las reformas a la fracción XI del artículo 109 de la Ley del ISR, subrayó, buscan otorgarle al trabajador un justo y favorable ingreso, por concepto de aguinaldo, reparto de utilidades, primas vacacionales y prima dominical, a través de exentarlas del Impuesto Sobre la Renta.