La Cámara de Diputados conoció dictámenes de buenas intenciones que permanecen en las comisiones respectivas, de donde quien sabe si salgan para hacerse realidad.

Uno es de la Comisión de Equidad y Género, con el fin de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social impulse acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres y de hombres en materia laboral.

Con reformas al artículo 36 y 46 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se busca que la STPS, diseñe con una visión transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia laboral contra las mujeres.

De igual modo, que promueva la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito laboral, además de difundir materiales que promuevan la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en los centros de trabajo.

Actividades de divulgación científica

Otro, es el de las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Ciencia y Tecnología, que adiciona diversas disposiciones a los artículos 2 y 10 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, para que el Conacyt emprenda acciones que fomenten y fortalezcan las actividades de divulgación científica entre los investigadores del país y las organizaciones de la sociedad civil.

Inventario Nacional Forestal y de Suelos

También se conoció un dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que modifica los artículos 45 y 46 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a efecto de que el Inventario Nacional Forestal y de Suelos sea actualizado, por lo menos, cada cinco años e incluya información sobre las áreas forestales con mayor vulnerabilidad a los efectos del cambio climático.

Ley de Expropiación

De la Comisión de Gobernación se dio cuenta del dictamen que reforma el artículo 6 y Segundo Párrafo del artículo 20 Bis de la Ley de Expropiación, para que las notificaciones de expropiación en el Distrito Federal se hagan dentro del término de quince días posteriores a la fecha de publicación del decreto en el Diario Oficial del D.F, y en el caso de que no pueda realizarse la notificación personal, surtirá como efecto de notificación una segunda publicación en el medio oficial.