El Pleno aprobó con 319 votos a favor, dos en contra y una abstención, el dictamen a la minuta que reforma el artículo 47 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para controlar y regular el destino final de las más de 94 mil toneladas de este tipo de desechos producidos por pequeños generadores, a fin de frenar los riegos a la salud y al ecosistema.
Con esta modificación se obliga a los pequeños generadores de residuos peligrosos en los casos en que transfieran residuos peligrosos a industrias para que las utilicen como insumos o materias primas dentro de sus procesos, indiquen la cantidad o volumen transferido, el nombre, denominación, razón social y domicilio legal de la empresa que los utiliza.
El dictamen remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, precisa que dicha información deberá ser publicada en el Sistema Nacional de Información Nacional para la Gestión Integral de Residuos.
Menciona que los residuos peligrosos se generan prácticamente en todas las actividades humanas, inclusive en el hogar. En el caso de los químicos, son los establecimientos industriales, comerciales y de servicios quienes crean los mayores volúmenes, mientras los biológico-infecciosos, se forman en los establecimientos médicos o laboratorios.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputada Lourdes Adriana López Moreno, destacó la necesidad de que todos los consumidores conozcan el riesgo en el manejo de los residuos peligrosos y saber las medidas de protección que deben adoptar para prevenirlo o reducirlo.
Refirió como ejemplos los aceites y lubricantes usados, disolventes orgánicos, convertidores catalíticos de vehículos, baterías eléctricas, entre otros, cuya generación fue entre 2004 y 2014 de 94 mil 379 toneladas y su destino se desconoce.
Estos desechos, explicó, poseen alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad o contienen agentes infecciosos peligrosos, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieren a otro sitio, los cuales se generan prácticamente en todas las actividades humanas, inclusive las del hogar.
Argumentó que el problema es que estos pequeños generadores no están obligados a tener un programa de manejo específico para la disposición final de estos residuos, pues de acuerdo a la ley vigente, únicamente están sujetos a registrar, en una bitácora, el volumen anual de estos residuos. “Es decir, las autoridades, los mexicanos en sí no sabemos qué ha sucedido con esas 94 mil toneladas de residuos peligrosos del país en los últimos diez años”.