El Pleno de la Sala Superior confirmó la legalidad de 24 requerimientos emitidos por el Director de Análisis e Integración de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral (IFE), a concesionarios de medios electrónicos de comunicación, a través de los cuales les solicitó información relativa a presuntas omisiones en el cumplimiento de la transmisión de los mensajes de los partidos políticos y autoridades electorales en tiempos oficiales. 

En el proyecto de sentencia, elaborado por el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, se establece que contrario a lo que alegaron los inconformes, la creación de la Dirección de Análisis e Integración tuvo su origen en un acto materialmente legislativo y emitido por una autoridad competente, como lo es el acuerdo del Secretario Ejecutivo del IFE, quien está facultado por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) para aprobar la estructura de las direcciones ejecutivas, por lo que se trata de una entidad con atribuciones para emitir los mencionados requerimientos.

A través de oficios, el IFE hizo saber a los inconformes que había detectado incumplimientos en el pautado de los mensajes electorales en las fechas señaladas en cada uno de los documentos, y que sólo les requirió para que le informaran la versión, fecha y horario en que dichos anuncios se hubieran transmitido, o bien, manifestaran las razones técnicas que hayan impedido cumplir la pauta, lo que no puede considerarse como una solicitud de información excesiva.