El Senado de la República reformó la Constitución, a efecto de otorgar autonomía constitucional al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

La reforma faculta a ese órgano garante para hacer pública toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, organismos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, personas físicas, morales y sindicatos, la cual “sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público o de seguridad nacional”.

Los senadores dejaron en claro que las resoluciones del IFAI serán vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados.

Asimismo, acordaron que el número de consejeros del Instituto pase de cinco a siete y su nombramiento esté a cargo de la Cámara de Senadores, previa consulta a la sociedad.

Los funcionarios serán elegidos con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en el pleno senatorial.

Precisaron que la designación de los consejeros podrá ser objetada por el presidente de la República en un plazo de diez días hábiles.

En el documento se explica que en caso de que el titular del Ejecutivo federal impugne el nombramiento, el Senado designará una nueva propuesta “pero con una votación de las tres quintas partes de los miembros presentes”.

Si este segundo nombramiento --se aclara-- fuera objetado, el Senado con la votación de las tres quintas partes de los miembros presentes designará al comisionado que ocupará la vacante respectiva y durará en ese puesto siete años sin posibilidad de reelección.

La designación de los dos nuevos integrantes del organismo se realizará a más tardar 90 días después de la entrada en vigor de este decreto.

En este sentido, se aclara que los comisionados que actualmente conforman el Instituto seguirán en su cargo hasta concluir el mandato para el cual fueron nombrados.

Por otro lado, explicaron que el IFAI no podrá conocer la información relacionada con asuntos jurisdiccionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo caso será resuelto por un comité integrado por tres ministros.

También, se acordó que el Instituto cuente con un Consejo Consultivo integrado por diez personas que serán elegidas por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en el Senado. 

Se convino en que el IFAI podrá ejercer acciones de inconstitucionalidad contra leyes federales, estatales, del Distrito Federal y tratados internacionales celebrados por México, que vulneren el derecho a la información pública o la protección de datos personales.

Asimismo, se incluyó en la Carta Magna que los organismos estatales garantes cuenten con autonomía y sean institutos especializados, imparciales y colegiados.

En este sentido, se facultó al IFAI  para actuar como segunda instancia ante el incumplimiento de los institutos de los estados en asegurar el derecho de acceso a la información.

Los senadores establecieron como información reservada o confidencial --que no podrá ser divulgada-- aquella que ponga en riesgo la seguridad nacional o la estabilidad económica y financiera.

Lo anterior, incluye al secreto bancario, fiduciario, industrial o fiscal, la relativa a la seguridad nacional, la que contenga expedientes, averiguaciones, juicios y procesos de investigación que no hayan concluido.

De igual forma, la información contenida en padrones de afiliados, asociados o beneficiarios, así como la relacionada con infraestructura y estrategias militares o navales.

El documento tiene que ser analizado y aprobado por la Cámara de Diputados y si lo aprueban como está, se enviará al presidente Enrique Peña Nieto para que lo promulgue en el Diario Oficial de la Federación y, ahora sí, agárrense corruptos en todos los niveles de gobierno, legislativo y sindical.