**CDP y CDHAPI solicitaron medidas cautelares ante el organismo de la OEA ante gravedad del caso
**La FEADLE y Mecanismo Federal con acciones ineficaces ante agravios a periodistas
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado mexicano adopte las medidas necesarias “para preservar la vida y la integridad” de las y los periodistas de la Revista Contralínea, quienes se encuentran “en una situación de gravedad y urgencia, puesto que su vida e integridad personal se encontrarían en un estado de riesgo inminente”, dieron a conocer la presidenta de la Casa de los Derechos de Periodistas (CDP), Judith Calderón Gómez y el presidente del Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (Cdhapi), Maurilio Santiago Reyes, organizaciones peticionarias ante el organismo regional.
Ante la gravedad y urgencia del caso, ya que la vida e integridad de periodistas de la Revista Contralínea se encuentran en riesgo, la CIDH decidió solicitar al gobierno de México adopte dichas medidas, a pesar de que generalmente solicita información al estado “antes de adoptar una decisión sobre una solicitud de medidas cautelares, excepto en asuntos como el presente, donde la inmediatez del daño potencial no permite demoras”.
La CDP y el CDHAPI, luego de contar con la autorización del periodista Miguel Badillo Cruz, director de la publicación semanal, conjuntaron esfuerzos para integrar el expediente jurídico y solicitar medidas cautelares a la CIDH, acción realizada el día 10 de julio.
El 18 de julio de 2014 el pleno de la CIDH, integrado por Tracy Robinsón (presidenta), Rose-Marie Belle Antoine (primera vicepresidenta), Felipe González (segundo vicepresidente) y la comisionada Rosa María Ortíz, los comisionados Paulo Vannuchi y James Cavallaro, aprobaron dicha solicitud al Estado Mexicano, mientras que el 30 de julio, la secretaria Ejecutiva Adjunta Elizabeth Abi-Mershed, notificó tanto al gobierno mexicano como a los peticionarios.
Tras analizar “las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por los solicitantes, la Comisión considera que la información presentada demuestra (…) que los miembros de la Revista Contralínea se encuentran en una situación de gravedad y urgencia”.
Por ello, de acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la CIDH solicitó a México que adopte medidas cautelares necesarias “para preservar la vida y la integridad de los periodistas de la Revista Contralínea, además, concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes e informe a la Comisión sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos denunciados por este grupo de periodistas y que dieron lugar a esta medida cautelar y así evitar su repetición”, recordó el abogado experto el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, Maurilio Santiago Reyes.
En tanto, el periodista y abogado, Víctor Ruiz Arrazola, quien se desempeña como Ejecutivo de Protección de la Casa de los Derechos de Periodistas, explicó que las comisionadas y comisionados estimaron que el requisito de gravedad requerido para emitir una medida cautelar por la CIDH se encuentra cumplido en el caso de la Revista Contralínea, al considerar la presunción de amenazas y actos de violencia que atentarían contra la vida e integridad personal del personal de esta publicación.
En el apartado 6 de la referida medida cautelar la CIDH sostiene que la información aportada “sugiere que varios de los presuntos hechos estarían orientados a obstaculizar el libre ejercicio de la profesión periodística de los miembros de Contralínea, en vista de una serie de reportajes e investigaciones sobre la presunta participación del sector público y privado en la comisión de delitos relacionados con corrupción, abusos de poder y violaciones de derechos humanos, entre otros”.
El organismo internacional de derechos humanos, además, considera que en adición a las presuntas amenazas, “adquiere particular relevancia los presuntos saqueos ocurridos recientemente en las instalaciones de la Revista Contralínea, en los cuales se habría hurtado información importante relacionada con el trabajo del medio de comunicación”.
Las y los comisionados consideraron las características específicas de este caso y el contexto general en el cual se presenta y por ello estimaron “que se ha establecido prima facie que los derechos a la vida e integridad personal de los miembros identificados de la Revista Contralínea se encuentran en una situación de riesgo”.Al analizar el requisito de urgencia, la CIDH considera que se encuentra cumplido, “en la medida de los recientes presuntos hechos que habrían ocurrido en las instalaciones de Contralinea y en el domicilio de su Director, los cuales se enmarcarían en los presuntos antecedentes de violencia que habrían enfrentado sus miembros y que sugieren que los presuntos perpetradores conocen sus domicilios.
“En tal sentido, la continuidad y proximidad de las situaciones de riesgo en el presunto asunto determinarían la necesidad de una protección inmediata. En este escenario, la Comisión toma nota, que según los solicitantes, el Estado, presuntamente habría adoptado ciertas medidas para proteger a los miembros de Contralínea.
“Sin embargo, la CIDH observa que, según la información presentada y de conocimiento público, las medidas presuntamente adoptadas no serían efectivas, en vista de que no se habría proporcionado un marco de protección eficaz, tomando en consideración la naturaleza del trabajo de los miembros de Contralínea, la visibilidad de los reportajes e investigaciones que estarían realizando y los alegados antecedentes de violencia que habrían enfrentado anteriormente.
Adicionalmente, la Comisión observa que los solicitantes han alegado que presuntamente no existiría un resultado sobre las investigaciones realizadas, lo cual podría permitir o estimular la repetición de los presuntos hechos sobre las investigaciones realizadas, lo cual podría permitir o estimular la repetición de los presuntos hechos de violencia en el futuro”.
La Casa de los Derechos de Periodistas y el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas, consideran de suma importancia resaltar que en cuanto al requisito de irreparabilidad, la Comisión estima que se encuentra cumplido, “en la medida que la posible afectación al derecho a la vida e integridad constituye la máxima situación de irreparabilidad”.
El gobierno de México, a partir del día 30 de julio tiene 15 días para informar sobre la adopción de las medidas cautelares acordadas y actualizar dicha información en forma periódica.
Sin embargo, en vista de que estas medidas cautelares han sido otorgadas sin haber solicitado previamente información al Estado, “la comisión revisará está decisión después de haber recibido los primeros informes de ambas partes”.
FEADLE y Mecanismo Federal con acciones ineficaces ante agravios a periodistas de Contralínea .
La CIDH consideró que a pesar de que periodistas y directivos de Contralínea denunciaron “todos los hechos ante la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión”, la averiguación previa por los ataques sistemáticos a Contralínea (…) “no ha tenido resultado alguno.
“Al respecto, los solicitantes sostienen que FEADLE no habría mostrado la eficacia necesaria para que los supuestos agravios y crímenes se investiguen a fondo, y se ponga a disposición de la autoridad judicial competente a los presuntos responsables. En este sentido, los solicitantes subrayan que la impunidad exacerbaría el clima de agresividad en contra de periodistas de Contralínea”.
Sobre el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, la CIDH, presume que no habría efectuado “una evaluación de riesgos revisada y autorizada por su junta” –hasta antes del 18 de julio de 2014—a favor de los beneficiarios. Asimismo, “los solicitantes afirman que se habrían dictado algunas medidas urgentes, pero que no se aplicaron adecuadamente” para proteger a los propuestos beneficiarios. Por ejemplo, sostienen que: i) cuatro cámaras de video que se habrían instalado en las instalaciones de Contralínea habrían funcionado “hasta el mes de abril pasado”; y ii) la “vigilancia policiaca” no habría sido eficiente, en vista de los presuntos hechos ocurridos el 24 de junio de 2014.