El senador Javier Corral señaló las deficiencias de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el caso del Congreso de la Unión, pues las disposiciones establecidas no garantizan el derecho de acceso a la información en posesión del Poder Legislativo.
Corral criticó la “manga ancha” que se dio el Senado de la República en el artículo 72 de la Ley General de Transparencia, que establece las obligaciones de transparencia en los Poderes Legislativos Federal, de las Entidades Federativas y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Además de las 15 disposiciones contenidas en este artículo, el chihuahuense propuso “especificar el monto de los recursos económicos y gasto de los órganos de gobierno del Congreso de la Unión y los Congresos Locales de las Mesas Directivas, las Juntas de Coordinación Política y las coordinaciones de los Grupos Parlamentarios en general, detallando sus rubros.”
Lo anterior con el propósito de limitar el control que ejercen los coordinadores parlamentarios mediante la asignación de recursos, lo que lleva a los legisladores a ser sometidos a votar disposiciones que están por encima de la razón y por debajo de la dignidad.
Durante su conferencia en la 5ª Semana de la Transparencia y Rendición de Cuentas, organizada por la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno de Sinaloa, propuso “generar un monto detallado de cada una de las percepciones de los legisladores en los que se incluya la dieta, así como los montos adicionales a la dieta que reciban cada uno de ellos, incluso lo que se conoce como compensación por jornadas extraordinarias, concepto con el que llegó a varios legisladores un cheque adicional al mes de diciembre cuando se votó la reforma energética”.
El chihuahuense recordó que los principales debates de las reformas constitucionales que se llevaron a cabo la pasada Legislatura se desarrollaron entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana.
La ley General de Transparencia establece como sujetos obligados de garantizar el acceso a la información a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.
Sin embargo, el artículo quinto transitorio establece, en el caso del Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, un plazo de hasta un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para armonizar las leyes relativas, disposición que aún no se ha llevado a cabo porque aún no se han emitido los reglamentos correspondientes al Senado y la Cámara de Diputados.
“No hay nada peor en una Ley que una redacción que permita diferentes interpretaciones, ya que al ser así dejamos abierta siempre la posibilidad de que la lectura sea arbitraría o voluntariosa”.
El Senador Javier Corral recordó que la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias del Senado, la cual preside, será la encargada de emitir el dictamen del reglamento en materia de transparencia y acceso a la información de la Cámara Alta que se pondrá a consideración del pleno, y adelantó que prevé una intensa batalla para hacer cumplir los preceptos constitucionales.