Los emblemas, sublemas o planillas nacionales, estatales o municipales que participen en las elecciones internas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que se realizarán el domingo próximo, sólo podrán registrar a un representante propietario y a un suplente ante cada mesa receptora de votación, resolvió  la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El Pleno confirmó el oficio suscrito por la presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE), a través del cual se solicitó al PRD hacer del conocimiento de la Comisión Política Nacional que sólo se permitirá el registro de un representante ante las mesas de votación, conforme al acuerdo de la autoridad.

En el proyecto de sentencia, elaborado por la Ponencia del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, se declararon infundados los argumentos formulados por Beatriz Adriana Olivares Pinal, quien interpuso un juicio ciudadano en contra del oficio emitido por la autoridad administrativa electoral.

Se descarta omisión de comisiones internas del PRD     

En otro asunto, el Pleno declaró infundada la queja promovida por Gladys Nery Enríquez Velázquez, a fin de controvertir la omisión atribuida tanto a la Comisión Nacional Electoral, como a la Comisión Nacional de Garantías, ambas del PRD, de tramitar y resolver, respectivamente, la queja por la presunta entrega de recursos en Tamaulipas, lo que incide en el desarrollo de la elección interna.

En el proyecto de sentencia se indica que de las constancias de autos se advierte que, contrario a lo manifestado, la Comisión responsable sustanció y registró el medio de impugnación con el fin de emitir la resolución correspondiente.

Durante la sesión pública, el Pleno desahogó seis juicios para la protección  de los derechos político-electorales del ciudadano, relacionados con la elección interna del PRD que tendrá lugar el próximo 7 de septiembre.