El presidente Felipe Calderón no hizo observaciones en tiempo y forma a la Ley de Víctimas que aprobamos en el Congreso y por lo tanto este ordenamiento tendrá que avanzar por sobre el Jefe del Ejecutivo, respondieron los legisladores federales.

Ante el anuncio del Gobierno federal de que regresaría al Poder Legislativo dicho documento, el diputado federal Víctor Humberto Benítez Treviño dijo: “Insistimos en que ya le corresponde al presidente del Senado la publicación. El 29 de junio, el presidente del Senado envió un oficio al director del Diario Oficial de la Federación para que publicara la Ley.

“Si el presidente de la República ya hizo observaciones fuera del plazo constitucional en el que lo podía hacer, si no está de acuerdo, que promueva una controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia contra actos del Congreso de la Unión.

Sigo insistiendo, el plazo que tenía el Presidente de la República para realizar observaciones ya feneció; tan es así, que el presidente del Senado el 29 de junio, vuelvo a insistir, envió sendo oficio al director del Diario Oficial de la Federación para que publicara la Ley General de Víctimas del Delito”.

PREGUNTA: Sin embargo, ayer la Secretaría de Gobernación anuncia más cuestiones de fondo que no están bien divididas las funciones que va hacer cada una de las insistencias para tender a las víctimas.

RESPUESTA: Podrá tener inconsistencias, ese asunto es irrelevante, insisto.

El presidente de la República hizo las observaciones fuera del plazo constitucional que establecía la Ley, lo otro es parte de una acción de inconstitucionalidad en términos del 105 constitucional o de una controversia constitucional.

El asunto de fondo no es ese, si tiene inconsistencias o no tiene inconsistencias, el asunto de fondo es que ya el  presidente del Senado ordenó la publicación de la Ley General.

PREGUNTA: ¿Incluso antes de que el Presidente regresara esta Ley debió publicarla el presidente del Senado?

RESPUESTA: Así es, por eso el 29 envió senda comunicación ante el requerimiento que le hice como presidente de la Comisión de Justicia.

PREGUNTA: Si el trámite debe seguir ¿cuándo ya tendría que estar publicada en el Diario Oficial?

RESPUESTA: Ahora que lo resuelvan conforme al mandato constitucional; si no están de acuerdo, que promuevan una controversia constitucional.

PREGUNTA: Entonces ya no se van a instalar estas famosas mesas, para abrir y aclarar con las víctimas, porque según esto se convocaba…..

RESPUESTA: Primero es el uno y después el dos. Primero que se promulgue y que entre en vigor.

PREGUNTA: Es que gobernación dijo que se tenían que hacer unas mesas de diálogo para resolver esta problemática que trae la Ley.

RESPUESTA: Sí, nada más que lo hicieron tardíamente.

Vuelvo a insistir, el Presidente de la República tenía un plazo perentorio para formular observaciones a la ley General de Víctimas del Delito, no lo hizo, como no lo hizo precluyó su derecho constitucional al hacerlo.

Nosotros le exigimos al presidente de la cámara de origen, que es el presidente de la Cámara de Senadores, que ordenara la publicación porque así lo establece al artículo 72 constitucional.

El presidente del Senado envió el oficio el 29 de junio al director del Diario Oficial de la Federación, entonces, nosotros nos atenemos a la soberanía y al mandato del presidente del Senado.

PREGUNTA: ¿Cuál es el plazo para que se publique?

RESPUESTA: Eso tendrán que resolverlo de inmediato el director del Diario Oficial de la Federación.

PREGUNTA: ¿Y publicándola el presidente del Senado entra ya en vigor la Ley?

RESPUESTA: Entra en vigor la Ley. Es muy sencillo, no hay ley perfecta, la ley es perfectible, si adolece de algunos defectos la Ley, ese mismo día, una vez que entre en vigor y ya sea ley, que se promuevan las reformas como ya lo hemos hecho en otras oportunidades, así lo hicimos con la Ley Antisecuestro.

Pero primero que se publique y que entre en vigor, ya después que se promuevan las reformas necesarias para que sea una ley más perfectible todavía.

PREGUNTA: ¿Qué lectura se puede dar que el presidente del Senado no  haya publicado esta ley cuando era su obligación?

RESPUESTA: Él ya lo ordenó el 29 de junio.