El PRD en el Senado de la República propuso reformar el artículo 123 constitucional para establecer el derecho de los trabajadores a contar con una licencia de paternidad con goce de sueldo por quince días, en los casos de nacimiento o adopción, y extender dicha licencia por 60 días en caso de que la madre fallezca durante el parto o se encontrare incapacitada para el cuidado del menor.
El senador Benjamín Robles Montoya, proponente de esta iniciativa, explicó que la maternidad y paternidad son instituciones jurídicas fundamentales para el desarrollo integral de los menores.
“La legislación, los tratados internacionales y los criterios jurisprudenciales han evolucionado en los últimos años para generar condiciones de igualdad respecto de las obligaciones y derechos de ambos padres”, señaló.
El senador por Oaxaca indicó que en México tradicionalmente se había asignado a la madre el rol del cuidado de los hijos; “sin embargo, esta actividad ha dejado de ser eminentemente femenina para convertirse en una actividad compartida entre ambos progenitores”.
A través de modificaciones al Apartado A fracción V y el Apartado B fracción XI, inciso c, del artículo 123 de la Constitución Política, Robles Montoya detalló que se busca establecer que los hombres trabajadores gozarán de una licencia de paternidad obligatoria por quince días, con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos o por la adopción de un infante.
Esta propuesta también contempla que en caso de que la madre falleciera durante el parto o se encuentre incapacitada para el cuidado del menor, el hombre tendrá una licencia de paternidad con goce de sueldo durante los 60 días posteriores al nacimiento del menor.
Hoy en día es cada vez más frecuente que las mujeres se incorporen al mercado laboral para contribuir al sostenimiento familiar, lo que ha generado un cambio de paradigmas respecto al rol que tiene las mujeres y los hombres en la sociedad y en el hogar, concretamente en la convivencia y educación con los hijos.
Robles Montoya aseguró que esta iniciativa “es acorde con los tratados internacionales que tutelan la igualdad entre mujeres y hombres y los derechos de la niñez, así como con los tratados internacionales que protegen los derechos de la niñez”.
Consideró fundamental fortalecer la igualdad y la equidad de género, y contribuir a que haya una distribución equitativa de las tareas del hogar.
Sostuvo que la actual legislación ha olvidado algo fundamental: “¿Qué ocurre si la madre falleciera durante el parto? ¿Qué protección brinda la legislación en estos casos a los menores para su cuidado? Vale la pena hacernos estas preguntas, sobre todo si tomamos en cuenta que la tasa de mortalidad de las madres durante el parto es alta en nuestro país”.
“Por ello, no basta con incorporar a rango constitucional las licencias de paternidad, sino que es necesario ampliar el margen de las licencias de paternidad en caso de que la madre fallezca”, abundó el senador Benjamín Robles.