Ante la apertura indiscriminada de datos personales en Internet, la senadora María Verónica Martínez promueve la posibilidad de que una persona que proporcionó este tipo de información por medio de servicios digitales, como las redes sociales o correo electrónico, pueda solicitar que sea eliminada de manera inmediata, a fin de garantizar el “Derecho al Olvido Digital”.
Mediante una iniciativa de reformas a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que se turnó a las Comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos segunda, señaló que el objetivo es que los usuarios de la red puedan tener este derecho cuando lo deseen, lo realicen sin mayor problema y la respuesta sea expedita y definitiva.
Dijo que es creciente la preocupación en varios países sobre el tratamiento de datos personales en posesión de las redes sociales, e incluso en la Conferencia Mundial de Comisionados de Privacidad y Protección de Datos se han pronunciado por fortalecer las legislaciones y la cooperación internacional sobre el tema.
La legisladora por el estado de Jalisco mencionó que en México la legislación en la materia se encuentra imprecisa, ya que establece los términos, plazos y procedimientos para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición (ARCO) ante las entidades responsables y ante el IFAI, en caso de falta de respuesta del responsable, incluyendo el derecho a la cancelación, oposición y el bloqueo de datos personales.
Sin embargo, el “Derecho al Olvido” se encuentra incompleto y es ambiguo en la presente normatividad, ya que no contempla todos los supuestos para realizar la efectiva eliminación de la información de una persona en Internet, porque ésta no se limita a las cuentas de los usuarios, sino también a la recabada y transferida y que se comparte por terceros.
Explicó que para hacer efectivo este Derecho, los responsables de las redes sociales deben garantizar no sólo la eliminación de la información correspondiente a la cuenta en cuestión, sino también los datos y la información del titular que hayan sido compartidos o por terceros.
La senadora Martínez Espinoza precisó que deben considerarse todos los hechos y datos, como nombre, dirección de correo electrónico, fecha de nacimiento y sexo, vertidos en el sitio web que sirven para relacionar la identidad de las personas.
Es también todo el contenido que se publica en una red social, entendido como texto, comentarios, mensajes, interacciones con otros usuarios, interacciones en aplicaciones, ubicaciones, fechas y horas, invitaciones, enlaces web, fotografías, videos.
De acuerdo con datos del INEGI, en 2010 en México el 33.8% de la población se declaró usuaria de los servicios de internet, la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI) expresa que con base en cálculos de la Cofetel para el 2011 ya eran 40.6 los millones de internautas en el país; según un estudio de Hábitos del Internauta Mexicano de la AMIPCI, un parámetro de 77 a 86% de los internautas son usuarios de redes sociales.
Estos usuarios de redes sociales como Facebook, Twitter, Skype, entre otros, conceden a los responsables de éstas el permiso de tratar sus datos personales de acuerdo a sus políticas de uso y tratamiento de datos personales, que a manera general incluye la recolección y tratamiento de datos identificables.
La integrante de la Comisión de Justicia expuso que tan solo la red social Facebook tiene en México un registro de 38 millones de usuarios, convirtiendo a nuestro país en el quinto con más usuarios en el mundo de esta red social.