El diputado federal José Francisco Coronato Rodríguez impulsa una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para que los pequeños propietarios de tierras ejidales puedan poseer o portar un arma revólver calibre no superior al .38 especial, fuera de las zonas urbanas.
Refirió que el derecho de posesión y portación de armas, conforme lo establece actualmente la citada Ley, está limitado y condicionado a los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, dejando fuera a los pequeños propietarios que por años han tenido que padecer los embates de la delincuencia, sin ninguna posibilidad de protección.
Actualmente el artículo 9 establece que los ejidatarios, cumuneros y jornaleros del campo, pueden poseer o portar fuera de las zonas urbanas, un arma de revólver en calibre no superior al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum, o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
Coronato Rodríguez, integrante de la Comisión de Seguridad Pública, aclaró que con esta propuesta “no pretendemos suplantar la función del Estado para castigar al individuo o grupo de individuos que alteren el orden social establecido legalmente”.
Enfatizó que el derecho de los pequeños propietarios para portar armas de fuego responde principalmente a una necesidad de los habitantes de cuidar y proteger su propia vida y la de sus familiares, así como sus casas y patrimonio.
La iniciativa, remitida a la Comisión de Defensa Nacional, señala que según el estudio Radiografía del Delito y la Delincuencia en México, elaborado en 2011, en los últimos 30 años el país es “240 veces más peligroso”. El robo a transeúnte y a pequeños negocios, el secuestro y los homicidios dolosos, son los delitos más comunes.
El diputado subrayó que en ese mismo año se incrementó el número de delitos denunciados de 900 mil en 1990 a un millón 838 mil 109, de acuerdo con el Consejo Ciudadano para la Seguridad Pública y la Justicia Penal, lo que representa un crecimiento mayor de 240 por ciento.
Mencionó que en 1983 se habían registrado 96 mil 916 presuntos delincuentes en México, cifra que para 1993 fue de 164 mil 670. Para el 2011, las estadísticas dejan constancia de 205 mil 247 presuntos delincuentes en todo el territorio nacional.
Por ello, propuso reformar el artículo 9 de dicha ley para que los pequeños propietarios, fuera de las zonas urbanas, puedan poseer o portar un arma revólver en calibre no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum; o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 o 18. 5 mm.).