El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar un cuarto párrafo al artículo 1395 del Código de Comercio, a fin de fortalecer el Registro Único de Garantías Mobiliarias.
El Registro Único de Garantías Mobiliarias es una sección del Registro Público de Comercio, a cargo de la Secretaría de Economía (SE), en el cual las personas podrán inscribir todo tipo de Garantías Mobiliarias, privilegios especiales, derechos de retención sobre bienes muebles para garantizar cualquier crédito.
Este Registro tiene la finalidad de potenciar el uso de bienes.
Asimismo reducirá el riesgo de los individuos en ser perjudicados en los procedimientos de ejecución de garantías mobiliarias y de la probable violación al derecho de audiencia a un tercero interesado.
Explicó que se busca plasmar las características y funciones del Registro Único de Garantías, como la disposición de información, identificación de los bienes muebles logrando así mayor transparencia de las transacciones y mayor certidumbre jurídica.