La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió anoche 11 medios de impugnación relacionados con la designación, que realizó el Senado de la Republica, de las y los integrantes de los Tribunales Electorales de Michoacán, Tabasco, San Luis Potosí, Sonora y Guerrero.
Como consecuencia de ello, determinó revocar el nombramiento de José Ricardo Bonilla Fimbres, en Sonora y de Paulino Jaimes Bernardino, en Guerrero, quienes resultaron inelegibles al haber ocupado un cargo de dirección partidista de manera previa a su nombramiento como juzgadores.
En ambos casos, el Pleno ordenó al Senado de la República designar a nuevos funcionarios, los cuales deberán ser elegidos de entre los candidatos que sí cumplieron con todos los requisitos legales previstos en la normatividad.
Por otro lado, el Pleno confirmó el acuerdo para la designación de los integrantes del Tribunal Electoral de Tabasco, al considerar que el Senado sí verificó que los aspirantes cumplieran los requisitos para ocupar dicho cargo.
Mientras que en Sonora, confirmó la designación de Jesús Ernesto Muñoz Quintana como magistrado electoral de dicha entidad.
El TEPJF ordena fundar y motivar designación de Magistrados en Michoacán y San Luis Potosí
Más adelante, el Pleno revocó el acuerdo por el que se designó a los integrantes del organismo jurisdiccional electoral en San Luis Potosí, a efecto de que el Senado se pronuncie, de manera fundada y motivada, sobre el derecho de Bulmaro Corral Rodríguez y de José Abelardo Herrera Tobías, a seguir ocupando o no el cargo de magistrado en el tribunal electoral local.
Mientras que en el caso de Michoacán, la Sala Superior revocó el acuerdo del Senado de la República y le ordenó emitir uno nuevo, en el que se pronuncie de manera fundada y motivada sobre el por qué Alejandro Sánchez García y Verónica Román Vistraín fueron excluidos del proceso de designación de magistrados.
Por mayoría de votos, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia de la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, en el que se estableció que el Senado debe exponer las razones por las que optó por una integración del Tribunal Electoral local sólo con varones y no tomó en cuenta a Román Vistraín para ocupar una posición en el organismo.
En su oportunidad, el magistrado Pedro Esteban Penagos López sostuvo que el Senado debe dar una respuesta, fundada y motivada, de por qué no tomó en cuenta a los actores para la integración del organismo y por qué no incluyó a una ciudadana en la conformación del mismo. Aclaró que la Cámara alta sólo debe emitir una explicación, pues la convocatoria no establece como obligación la equidad de género.
El magistrado Salvador Nava Gomar afirmó que es derecho de todo ciudadano estar informado de un asunto público, máxime si se participó en él. Ante ello, consideró necesario que el Senado argumente las razones en las que fundamentó su decisión de integrar, como lo hizo, al Tribunal electoral local.
Por su parte, el magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos comentó que el Senado debió explicar las razones por las que, a su juicio, Alejandro Sánchez García y Verónica Román Vistraín no reunieron los requisitos para conformar el órgano jurisdiccional. También debió exponer los motivos que los llevaron a seleccionar únicamente a varones para integrar dicho Tribunal. Era necesario, dijo, que se hicieran públicas las calificaciones obtenidas por los aspirantes para que no hubiera lugar a dudas.
Comentó que con la explicación solicitada se atienden los pactos internacionales enfocados a prevenir y erradicar la violencia y discriminación en contra de la mujer, y se confirma la vigencia de los criterios establecidos por el TEPJF y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para garantizar la presencia femenina en la vida pública.
Al respecto, el magistrado Constancio Carrasco Daza expresó que a través de esta resolución se podrá conocer cuál fue el criterio que privilegió el Senado para designar a los integrantes del Tribunal Electoral de Michoacán “y si en la perspectiva de elección de cinco hombres, ponderó el principio de igualdad de género que exige el sistema constitucional y convencional, así como los principios inherentes a la carrera judicial que deben cumplir quienes sean designados”, apuntó.
El magistrado Manuel González Oropeza quien anunció la emisión de un voto particular, indicó que en el caso de Verónica Román Bistraín no se puede considerar que el Senado la excluyó del proceso por ser mujer, ya que la integración del organismo está más allá del género.