En sesión celebrada este miércoles, el pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca el pasado 21 de diciembre, que confirmó la elección de agente municipal de la comunidad la Reforma, perteneciente al municipio de Santa María Ecatepec, en la citada entidad federativa.

Por unanimidad, las magistradas declararon la nulidad de la elección celebrada el 23 de octubre de 2011, así como los nombramientos que, en su caso, se hubieran expedido a favor de las personas electas en ese proceso comicial.

La nulidad de la elección se determinó, entre otros aspectos, al quedar demostrado que no se dio la debida publicitación a la convocatoria para esa elección, situación que se reflejó en la baja participación de la comunidad.

En ese sentido, el Pleno de la Sala Regional ordenó al agente municipal de la citada comunidad, que convoque a elecciones extraordinarias para renovar al titular de la Agencia y demás autoridades en un plazo máximo de 20 días naturales, debiendo informar a la Sala Regional del cumplimiento de este mandato.

Respeto a tradiciones y prácticas democráticas de localidades indígenas

En el juicio presentado por Lorenzo Rodríguez Escamilla y otros ciudadanos de la Agencia Municipal de Santa María Magdalena Tiltepec, del municipio de Santos Reyes Nopala, Oaxaca, contra la sentencia del Tribunal Electoral de esa entidad que confirmó la validez de la elección de autoridades auxiliares de dicha comunidad para el periodo 2012-2013, el Pleno de la Sala Regional Xalapa resolvió confirmar la validez de la asamblea electiva y únicamente ratificar po0r un año a las autoridades de la comunidad, por ser acorde con sus usos y costumbres.

Como producto de la sentencia, se dejaron sin efecto los nombramientos que expidió, por 2 años, el ayuntamiento de Santos Reyes Nopala el pasado 31 de diciembre, a favor de Julián García Ramírez como agente municipal, y a su cabildo conformado por Gabriel García Merino, Isidoro Zárate Barradas; Marciano López Pérez, Cirilo Ríos Ruiz, Justina Canseco Escamilla y Feliciano Rojas Ruiz, validando únicamente por 1 –uno-, tal como lo establecen las prácticas democráticas de la localidad.

En el presente juicio, se establece que la elección de agentes municipales y de policía se sujetará a las tradiciones y prácticas democráticas de las propias localidades, en tanto que el municipio sólo será un ejecutor formal de la decisión, al reconocer la voluntad ciudadana y ejercer los nombramientos correspondientes.

Resuelve Sala Xalapa sobre registro de aspirantes a cargos de elección popular

En otro punto, las magistradas confirmaron la resolución emitida por la Comisión Electoral Distrital VIII del Partido Acción Nacional (PAN), con cabecera en Oaxaca de Juárez, Oaxaca, que negó el registro de Omar Adrián Heredia Mariche y Gabriela Vargas Varela, para participar en el procedimiento de selección de fórmulas de candidatos a diputados federales por el principio de mayoría relativa, como propietario y suplente, respectivamente.

También, se confirmó la resolución de la Segunda Sala de la Comisión Nacional de Elecciones del PAN que declaró improcedente el juicio de inconformidad presentado por Rafael Acosta Croda, precandidato a diputado federal de mayoría relativa por el Distrito XII, en el Estado de Veracruz.

Asimismo, en el juicio de revisión constitucional promovido por la agrupación Movimiento Ciudadano, se confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz que validó el registro como partido político estatal de Alternativa Veracruzana.

Por otra parte, revocaron la decisión del Comité Ejecutivo Nacional del PAN para impedir la participación de Luis Mario González Cantoral como precandidato a diputado federal de mayoría relativa por el III Distrito de Oaxaca, y ordenaron a la Comisión Electoral Estatal fijar su posición en torno a la solicitud del actor en un plazo de 24 horas a partir de la notificación. Lo anterior, al quedar demostrado la indebida motivación de la autoridad responsable al emitir su resolución.

De igual forma, vincularon a la Comisión Nacional de Elecciones del PAN para que, a través de su Primera Sala, emita la resolución del juicio de inconformidad promovido por Carlos Acevedo Balmori contra la omisión de dar respuesta a su solicitud de registro como aspirante a precandidato propietario de Acción Nacional a diputado federal de mayoría relativa por el Distrito XVI en Córdoba, Veracruz.

En su sesión de este día, el Pleno de la Sala Regional Xalapa resolvió un total de 10 juicios, nueve para la protección de los derechos político-electorales -tres de los cuales fueron desechados por actualizarse alguna causal de improcedencia-, así como un juicio de revisión constitucional.