La Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta que expide la Ley General de Cambio Climático, a fin de establecer un marco jurídico que promueva políticas públicas para coadyuvar a la mitigación y adaptación de este fenómeno, de las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero.

Ello, debido a que entre las consecuencias del cambio climático se encuentra la elevación de temperatura del planeta; la sequía; aumento de ciclones y huracanes; la pérdida de cosechas y los riesgos para la salud.

Con ello la Cámara de Diputados busca promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono; fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio climático.

También reducir la vulnerabilidad de la población y los ecosistemas del país frente a los efectos adversos del cambio climático, así como crear y fortalecer las capacidades nacionales de respuesta al fenómeno.

Se crea el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, el cual será encargado de coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica para la protección al ambiente, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico.

En los artículos transitorios se establece que el país asume el objetivo indicativo o meta aspiracional de reducir, al año 2020, un treinta por ciento de emisiones con respecto a la línea de base; así como un cincuenta por ciento de emisiones al 2050 en relación con las emitidas en 2000.

La Ley establece el Registro Nacional de Emisiones como el instrumento donde las personas físicas y morales responsables de los establecimientos sujetos a reporte, deberán inscribir un informe anual de dichas emisiones directas e indirectas y de absorciones por sumideros de gases de efecto invernadero.

También faculta a la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, con la participación del Consejo respectivo, a establecer un sistema de comercio de emisiones y, en su caso, proponer la creación de un organismo regulador, a fin de que los participantes obtengan derechos de emisión o reducciones de emisiones.

En el dictamen se precisa que la política nacional de adaptación frente al cambio climático se sustentará en instrumentos de diagnóstico, planificación, medición, monitoreo, reporte, verificación y evaluación.

Sus objetivos son: reducir la vulnerabilidad de la sociedad y los ecosistemas frente a sus efectos; minimizar riesgos y daños, considerando los escenarios actuales y futuros; establecer mecanismos de atención inmediata y expedita en zonas impactadas por los efectos del cambio climático; facilitar y fomentar la seguridad alimentaria, la productividad agrícola, ganadera, pesquera, acuícola, la preservación de los ecosistemas y de los recursos naturales.

También se crea el Fondo para el Cambio Climático con el objeto de captar y canalizar recursos financieros públicos, privados, nacionales e internacionales, para apoyar la implementación de acciones para enfrentar este fenómeno.