La Senadora Guevara tiende puentes humanitarios con los servidores sociales que año con año vienen a nuestro país para brindar su apoyo, trabajo y asistencia a las clases más desprotegidas, poniendo especial énfasis en estados como Guerrero, Chiapas, Tabasco, entre otros.
Como miembro de la Comisión de Gobernación y Presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios la sonorense atendió a un sector que pidió su ayuda para apoyar a los Ministros de Culto extranjeros que hacen trabajo humanitario en México.
A partir de este año, el Gobierno Federal determinó un incremento en el pago de sus derechos; anteriormente los Ministros de Culto pagaban $300.00 (trescientos pesos 00/100 m.n.), y actualmente $3,130.00 (tres mil ciento treinta pesos 00/100 m.n.), es decir, más de 1000% (mil por ciento).
Esto motivó a la Senadora Ana Gabriela Guevara, a presentar un Punto de Acuerdo exhortando a la Secretaría de Gobernación para que aplique lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley Federal de Derechos y se exente del pago a los Ministros de Culto que así lo soliciten, atendiendo la condición precaria de este gremio y ampliando el criterio del Instituto Nacional de Migración (INAMI) a favor de la persona, que es el espíritu de la ley.
El 8 de julio del presente año, el INAMI, por medio de su titular Ardelio Vargas Fosado, da respuesta al Punto de Acuerdo de la Senadora indicando“Que toda vez que los ministros de culto no tienen un salario por la prestación de sus servicios, se exenta del pago de derechos migratorios a los mismos, siempre y cuando se encuentren dentro del supuesto normativo del artículo 16 de la Ley Federal de Derechos, además de que sean reconocidos como miembros activos de las iglesias y las agrupaciones religiosas a las que pertenezcan, estén registrados ante la Secretaría de Gobernación y tengan personalidad jurídica.
Con esto la gestión de la Comisión de Asuntos Migratorios en el Senado de la República, a través de su Presidenta Ana Gabriela Guevara Espinoza, concluye con la creación de una política pública, en respuesta a una demanda presentada por la sociedad civil. El Estado mexicano, al dar respuesta a esta exigencia, obliga a la autoridad migratoria acate lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos y no interprete la misma, si los Ministros de Culto reúnen los requisitos que la ley dispone, no requieren del visto bueno de autoridad alguna para hacerse acreedores a la exención.