Denuncia la CNDH
La Cámara de Diputados recibió de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) el informe especial sobre los Centros de Tratamiento Interno para Adolescentes de los gobiernos estatales y del Distrito Federal que infringen las leyes penales.
En el documento, enviado a la Comisión de Derechos Humanos y publicado en la Gaceta Parlamentaria, la CNDH advierte la existencia de hechos que contravienen normas nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y que están relacionados con factores de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes.
También alerta de las inadecuadas condiciones de las instalaciones e insalubridad; falta de áreas para el acceso a servicios y actividades; condiciones de desigualdad de las áreas y personal especializado; deficiencias en la alimentación; sobrepoblación y hacinamiento; privilegios; inapropiada separación y clasificación; irregularidades en la imposición de sanciones disciplinarias, e insuficiente difusión de reglamentos y, en algunos casos, la inexistencia de los mismos y de manuales de procedimientos.
La CNDH refiere que durante febrero y marzo de 2014, se efectuaron visitas de supervisión a 56 centros para adolescentes, con el propósito de examinar, desde su ingreso y permanencia, el trato y las condiciones de detención.
De los 56 centros de tratamiento interno que se encuentran en funcionamiento, 15 son varoniles, 37 alojan a hombres y mujeres, y únicamente cuatro son exclusivos para personas del sexo femenino. En conjunto, la capacidad instalada es de 8 mil 728 espacios, y la población recluida asciende a 4 mil 734, entre los cuales se encuentran 4 mil 448 varones y 286 mujeres.
Menciona que de este universo, mil 841 se encuentran sujetos a procedimiento y 2 mil 893 cumplen una medida de tratamiento; asimismo, 4 mil 438 están internados por delitos del fuero común y 296 por delitos del fuero federal. Adicionalmente, 7 mil 251 menores de edad se encuentran bajo una medida de tratamiento en externación.
La Comisión Nacional relató que se detectaron irregularidades en la prestación del servicio médico; ausencia de programas contra las adicciones y para el tratamiento de desintoxicación; insuficiente personal; falta de capacitación a servidores públicos adscritos a los centros de tratamiento interno y deficiencias en su supervisión, y presencia de elementos policiales que viven en los establecimientos.
De igual modo, obstrucción de la visibilidad hacia el interior de las estancias; deficiencias que afectan los vínculos con personas del exterior; falta de modificaciones y adaptaciones para facilitar la accesibilidad de personas con discapacidad física e incorrecta atención a adolescentes con discapacidad psicosocial, así como falta de apoyo de intérpretes para quienes pertenecen a comunidades indígenas y no hablan el idioma español.
Por ello, la CNDH pide a los ejecutivos estatales y al jefe de gobierno del Distrito Federal, girar instrucciones a las autoridades encargadas de los centros, para evitar toda clase de abusos y maltrato físico y psicológico, y lograr que la fuerza y los instrumentos de coerción únicamente sean utilizados en casos excepcionales, siempre y cuando se hayan agotado los medios pacíficos de control y de acuerdo a la forma expresamente autorizada por un ordenamiento legal.
Particularmente, les demanda erradicar cualquier acto relacionado con golpes, insultos, amenazas y permanencia en posturas forzadas, así como el uso de esposas por lapsos prolongados; utilización de gas pimienta, vendas en los ojos, el despojo de la ropa y encierro en celdas insalubres sin servicios sanitarios ni ventilación.
Con la finalidad de garantizar la seguridad de los centros de tratamiento interno y la integridad de los adolescentes, recomienda prohibir la permanencia de elementos policiales armados y de otras personas que no laboren en esos establecimientos, así como la colocación de objetos que obstruyan la visibilidad en los dormitorios.
De igual forma, prohibir la práctica de juegos de azar y cualquier otro tipo de actividades nocivas para el sano desarrollo de los adolescentes; garantizar que todas las personas internas reciban tres veces al día y en un horario establecido, alimentos higiénicamente elaborados.
También, que todos los centros reúnan las condiciones de habitabilidad necesarias; girar instrucciones para que en los establecimientos que presentan sobrepoblación y/o hacinamiento, se realice una distribución equitativa de los adolescentes, que evite en la medida de lo posible el uso de áreas cuya ocupación exceda su capacidad instalada.
Igualmente, para que los servidores públicos responsables de los centros de tratamiento interno, procuren una estricta separación entre hombres y mujeres, así como entre las diferentes categorías jurídicas y entre adultos y menores de edad, estableciéndose criterios para llevar a cabo una adecuada clasificación de la población interna y tomar las medidas pertinentes y eficaces a fin de combatir la existencia de privilegios.