En México el papiloma humano es responsable del 70 por ciento de los casos de cáncer cérvico-uterino, por lo que es necesario hacer obligatoria la vacunación contra este virus e incluirlo entre las enfermedades transmisibles objeto de vigilancia, control y prevención por parte del Estado mexicano.

Por ello, el diputado José Martín López Cisneros (PAN) impulsa una iniciativa de reformas a la Ley General de Salud, en la que refiere que en 2013, el cáncer cérvico-uterino fue la segunda causa de muerte en las mujeres mexicanas, registrando un promedio de 14 decesos diarios y 12 mil nuevos diagnósticos al año.

Dijo que existen más de 150 tipos de papilomavirus, de los cuales más de 40 clases pueden propagarse mediante el contacto sexual, y sólo dos, los virus tipo 16 y 18, son de alto riesgo oncogénico.

Las mujeres, afirmó, es el grupo más vulnerable ante enfermedad ya que padecen su consecuencia más grave: la muerte por cáncer cérvico-uterino.

En el documento explica que esta infección es una de las más comunes a nivel mundial y “más de la mitad de la gente activa sexualmente se contagia por uno o varios tipos de estos virus en algún momento de su vida”.

Afirmó que es deber del Estado garantizar las condiciones de salud de las y los mexicanos, por lo que se requieren políticas públicas efectivas para evitar el contagio en la población.

Por ello, sostuvo que la detección temprana y el tratamiento oportuno de las infecciones por el virus del papiloma humano son fundamentales para prevenir el desarrollo y avance del cáncer. Explicó que en México se cuenta con el examen de Papanicolaou, la colposcopía y la prueba molecular, la cual permite determinar si se trata de las variantes 16 o 18 del virus.

Resaltó que con un control constante mediante el Papanicolaou es posible reducir casi en su totalidad el riesgo de desarrollar cáncer de cuello de útero, pues “prácticamente sólo en casos de virus de alto riesgo oncogénico, persistente durante un periodo de 5 a 10 años sin tratamiento, se presentarían lesiones que derivarán en cáncer”.

Resaltó la importancia de que todas las mujeres se realicen periódicamente este procedimiento a fin de poder detectar a tiempo cualquier lesión y tratarla debidamente, antes de que cause secuelas permanentes, pérdida de la salud o la muerte.

Los principales factores de riesgo de contagio son: multiplicidad de parejas sexuales; inicio a edad temprana de actividad sexual; historial de otras enfermedades de transmisión sexual (ETS); interacción sexual con personas con cáncer de cérvix o pene; persistencia viral; coinfección con otros virus como variantes de herpes; uso prolongado de anticonceptivos orales; predisposición genética, y tiempo de desarrollo de la enfermedad entre otras.

Agregó que los métodos de protección para prevenir el contagio de ETS no son tan efectivos en el caso del virus del papiloma humano, pues puede darse mediante contacto con cualquier área afectada. Además, el lento desarrollo de la enfermedad y asintomatología, complica su detección y diagnóstico.

Sin embargo, se puede prevenir mediante la aplicación de vacunas, preferentemente antes del inicio de la actividad sexual. Explicó que las inmunizaciones disponibles ofrecen 100 por ciento de protección contra el desarrollo precanceroso cervical y, en el caso de la tetravalente, también contra las verrugas genitales.

Asimismo, recomendó, no se puede dejar de lado a las personas que ya están infectadas, por lo que es indispensable poner atención a los mecanismos de detección de esta enfermedad.

La reforma plantea modificar el artículo 134 de la Ley General de Salud, para agregar el papiloma humano entre las enfermedades transmisibles que deberán contar con vigilancia epidemiológica, de prevención y control por parte de la Secretaría de Salud; también el artículo 144, para incluir la vacunación obligatoria contra este virus.