El diputado Miguel Ángel Torres Rosales propuso reformar la Ley General de Salud con el objetivo de incluir como derecho del usuario el tener acceso al costo del tratamiento y la atención médica durante el diagnóstico, así como establecer la obligación del prestador de servicios de salud de mantener precios públicos y que estos no puedan ser modificados.

La iniciativa que adiciona dos párrafos al artículo 51 Bis 1 del citado ordenamiento, señala que los prestadores de servicios de salud están obligados a entregar información y orientación al paciente y al familiar que lo acompañe o su representante legal, respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

En el caso de que exista pago por prestación de servicios de salud, estos deberán ser especificados en la información que se entregue y de ninguna forma podrán ser modificados en cuanto a montos una vez aceptados, precisa.

Los costos de servicios prestados, así como de materiales y medicamentos, deberán estar expuestos al usuario y coincidir con la información que le fue entregada de manera personal. Los costos no podrán ser mayores a los publicados y puestos a la vista del usuario, agrega.

El documento, remitido a la Comisión de Salud, refiere que las quejas relacionadas con la contraprestación a pagar por los servicios médicos recibidos han ido aumentando, a partir de identificar una serie de elementos irregulares, pero legales, que los hospitales utilizan para elevar el costo de sus servicios y no tener claridad con el paciente del costo real de su tratamiento o de los servicios ofrecidos.

Profeco señala a hospitales privados por encarecer costos; del 1 de enero de 2019 al 25 de septiembre de 2021 se atendieron 418 denuncias en contra de hospitales y clínicas.

Reportó el encarecimiento de costos de servicios de hospitales privados entre 15 y 20 por ciento, frente a una inflación en 2020 de 2.83 por ciento y de 7.36 por ciento para 2021, así como el cobro de servicios no autorizados por el paciente o cuyo costo no fue oportunamente informado, subraya.

La iniciativa también menciona que las aseguradoras reportan, entre otras de las dificultades para el pago de las mismas, el encarecimiento y que los hospitales privados incurren en cobros diferenciados a los consumidores cuando están asegurados.

Los principales motivos para las inconformidades de estos cobros, añade, es el no exhibir costos o no respetar los mismos, cobros indebidos, excesivos o injustificados, negarse a proporcionar servicios y realizar reembolsos.

Menciona que de acuerdo con la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed), las quejas se dividen: 32.1 por ciento, por tratamiento médico; 23.9 por ciento, por los diagnósticos arrojados; 20.4 por ciento, tratamientos quirúrgicos; 11.3 por ciento, por la relación médico/paciente y 12.3 por ciento entre otras.

Por ello, indica, es necesario reformar la ley para evitar toda clase de abusos en cobros excesivos, mala atención y deficiencia en la información proporcionada, poner mano dura y más atención en esta clase de situaciones.

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