*Reformar el artículo 72 de la Ley Federal del Derecho de Autor

México no contempla una normatividad para el concepto de “producciones audiovisuales”, lo que impide a las personas físicas y morales que se involucran en esta actividad, hacer valer plenamente sus derechos, pese a la importancia que genera este sector en la economía del país. 

Por ello propongo reformar el artículo 72 de la Ley Federal del Derecho de Autor para que las prestaciones derivadas del contrato de producción audiovisual que refieren los artículos 68, 71 y 73 de la misma norma, se apliquen a partir de que finalice la etapa de producción, post producción y entrega del material, teniendo las partes contratantes 30 días hábiles antes de la explotación de la obra.

La ausencia de un concepto jurídico que concrete la realidad económica de las actividades que llevan a cabo las diversas entidades productoras en el país, dejan en estado de indefensión e incertidumbre jurídica a quienes intervienen en la creación de producciones audiovisuales.

Asimismo, los tribunales federales encargados de la interpretación de las leyes no han emitido criterio alguno al respecto, ni mucho menos jurisprudencia en este sentido, limitándose a señalar que las obras audiovisuales se sitúan entre las de colaboración, donde varias personas son sujetos del derecho de autor, pero sin hacer ninguna mención a la producción audiovisual.

La industria audiovisual comercial independiente factura más de 3 mil 400 millones de pesos anuales, contribuyendo a la economía nacional y a la recaudación pública. En 48 empresas independientes, la derrama de sueldos y salarios alcanza casi mil 400 millones de pesos que permitió realizar sólo en 2017 más de mil 700 obras audiovisuales.

El sector está constituido en su mayoría por pequeños empresarios que generan alrededor de 100 mil empleos directos e indirectos al año. Los equipos de trabajo, integrados por fotógrafos, carpinteros, electricistas, dibujantes, arreglistas y otros oficios, son trabajadores independientes especializados, que viven de su labor diaria.

México se ha convertido en un referente de la producción audiovisual comercial gracias a la calidad de las obras, por lo que cada vez más empresas internacionales eligen venir a producir a nuestro país. Por ello, la adopción de buenas prácticas comerciales por parte de esta industria fílmica sienta las bases para asegurar un mejor servicio, continúen desarrollándose y logren costos más competitivos.

Tradicionalmente la producción audiovisual había sido entendida en términos de señales de radio y televisión; sin embargo, el nuevo paradigma de la tecnología digital no sólo ha permitido que aumente el acceso a los medios audiovisuales, sino que además permite que las audiencias se multipliquen y que el contenido diseñado se fragmente.

Es necesario regular la producción audiovisual con una visión de mediano y largo plazo, a través de criterios que despejen incertidumbres y den seguridad a las entidades productoras, más aún cuando la legislación correspondiente ni siquiera provee una definición completa de lo debe entenderse por producción audiovisual, dejando a estas entidades en plena inseguridad jurídica.

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